
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Si
No
Si
No
Porque el alcance es a nivel secretario de estado, aun cuando el ejecutivo general expide el decreto en el que instruye a los secretarios para la aplicación de este.
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 Convocar a los interesados en participar en el PREMIO NACIONAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DÉCIMO SÉPTIMA EDICIÓN y darle a conocer los plazos procedimientos e información respectiva. De conformidad con el articulo 5to del decreto por el que se crea el PREMIO NACIONAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DÉCIMO SÉPTIMA EDICIÓN, como instrumento del Gobierno Federal para reconocer los logros sobresalientes de las personas físicas y morales que realizan desarrollo tecnológico y gestión de tecnología e innovación en el país. | |
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#2
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No aplica
PREMIO NACIONAL DE TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN es un instrumento de la política de innovación de Gobierno Federal que busca premiar a las empresas que; hayan establecido e impactado un modelo de gestión de tecnología e innovación, por lo menos durante el año inmediato anterior mediante el cual generan de sistemática nuevos productos, servicios, procesos y modelos de negocio, o añadan valor a los existentes con efectos tangibles para su actividad o para el país, términos de competitividad; presente la información que para casa etapa de evaluación les sea requerida en la presente Convocatoria y que estén dispuestas a que un grupo de expertos evalúe la información que sea proporcionada; presente una descripción de los resultados cuantitativos y cualitativos que hubieren alcanzado en materia de desarrollo de tecnología e innovación. presente una descripción de sus innovaciones, ya protegidas o en tramite de protección, de aquellas relacionadas con secretos insdustriales o comerciales, sin que se vulneren tales derechos, así como los resultados cuantitativos y caulitativos que hubieran alcanzado con las mismas. En caso de obtener este reconocimiento estén dispuestas a difundir públicamente sus sistemas de gestión de los recursos y sus logros de manera que puedan servir de ejemplo y modelo a otras organizaciones interesadas sin que con ello se afecte su posición frebte a sus competidores o comprometa su situación en el mercado; no hayan sido objeto de sanción grave en materia administrativa o fiscal durante en año 2014 y hasta la fecha del premio 2015, y; las personas físicas y morales que hayan ganado el Premio en las tres ediciones inmediatas anteriores sólo podrán participar en un capítulo de evaluación distinto al que ganaron.
Disposiciones jurídicas vigentes#1
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No aplica
Alternativas#1 No emitir regulación alguna No existen otras alternativas, el decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación, debe cumplirse como se ha venido haciendo en los últimos 17 años. La presente convocatoria para la Décimo Séptima Edición no contiene ninguna disposición. | |
Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2
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El decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación, es un instrumento de la política de innovación del Gobierno Federal que tiene la finalidad de reconocer los logros sobresalientes de las personas físicas y morales que realizan desarrollo tecnológico de tecnología e innovación en el país. La organización, promoción y difusión del Premio Nacional de Tecnología e Innovación está de la secretaría de Economía y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, quienes podrán apoyarse en otros para e cumplimiento de los objetivos del presente Decreto.
Se desconoce
Disposiciones en materia#1 No Aplica
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Accion#1 No Aplica
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Disposiciones/obligaciones#1 Condicionan un beneficio Art. 1, Art 3, Art. 4 del Decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación el 10 de diciembre de 2010. Premio Nacional de Tecnología e Innovación es un instrumento de la Política de Innovación del Gobierno Federal, que busca premiar a las empresas que: hayan establecido e impactado un modelo de gestión de Tecnología e Innovación, por lo durante el año inmediato anterior. | |
Artículos aplicables#2
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Podrán ostentar el logotipo del Premio Nacional de Tecnología e Innovación, sinónimo de excelencia internacional de forma permanente, siempre y cuando se indique el año y/o edición en que se obtuvo el reconocimiento; * Formarán parte del Club de Organizaciones Ganadoras del Premio Nacional de Tecnología e Innovación; * Participarán en eventos nacionales e internacionales relacionados con la gestión de tecnología e innovación; * Podrán ser evaluadores del Premio Nacional de Tecnología e Innovación, previo cumplimiento de los requisitos de admisión que rigen a este grupo; * Podrán ser invitados a participar en futuras ediciones de los Premios Iberoamericanos a la Innovación y el Emprendimiento, siempre y cuando cumplan con los criterios para la participación en los mismos. *Podrán realizar un auto diagnóstico de sus procesos y sistemas de gestión de tecnología e innovación, y compararse con organizaciones de clase mundial: y * Recibirán retroalimentación relativa a las áreas sólidas y de oportunidad de sus sistemas y prácticas de gestión de tecnología e innovación. así como de sus innovaciones, lo que les permitirá: Documentar sus innovaciones, procesos y sistemas para crear un modelo de gestión de tecnología e innovación propio con base en las necesidades de la organización; * Generar ventajas competitivas a través de la gestión de tecnología y la innovación mediante el aprovechamiento óptimo de sus recursos; * Lograr posicionamiento a nivel internacional y *Aumentar la certidumbre de sus clientes e inversionistas sobre la solidez de su organización.
Ninguna
La propuesta regulación impacta solo a las personas en gestión de tecnología e innovación en los ámbitos públicos y privados. La convocatoria establece categorías de participación dependiendo el tamaño y el sector lo cual facilita su participaciones apropiadas de acuerdo a su tamaño y sector.
Costo unitario#1 9570 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en dos capítulos. 100 894,392.52 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 957.000.00 | |
Costo unitario#2 13050 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en tres capítulos. 100 1,219,626.17 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 1,305.000.00 | |
Costo unitario#3 16,530.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en cuatro capítulos. 100 1,544,859.81 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 1,653,000.00 | |
Costo unitario#4 38,280.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en el primer capítulos. 100 3,577,570.09 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 3,828,000.00 | |
Costo unitario#5 55,680.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en dos capítulos. 100 5.203,738.32 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 5,568.000.00 | |
Costo unitario#6 73,080.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en tres capítulos. 100 6,829,906.54 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 7,308.000.00 | |
Costo unitario#7 90.480.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en cuatro capítulos. 100 8,456,074.77 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 9,048.000.00 | |
Costo unitario#8 6,090.00 1 Personas físicas y morales. Pequeña, Mediana y al Sector Industria, Servicio. Investigación Aplicada y Desarrollo de Tecnología e innovación. Costo correspondiente a la participación en el primer capítulos. 100 569,158.88 7 El número de los agentes económicos es el que se presupone se inscriban a la convocatoria. 609,000.00 |
Beneficio unitario#1 0 0 0 ninguno ninguno 0 0 0 |
La aportación económica de las personas físicas y morales a participar en Premio Nacional de Tecnología e Innovación se compensa con el reconocimiento de los sectores industria, servicios, innovación e investigación aplicada y desarrollo tecnológico, a los participantes y ganadores del dicho premio. el mostrar la placa y la presea del ganador del Premio Nacional de Tecnología e Innovación es motivo de orgullo, ya que el esfuerzo de las ganadoras será difundido y apreciado por la sociedad.
En el Art. 1 del Decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación, se establece que la organización, promoción y difusión del Premio Nacional de Tecnología e Innovación estará a cargo de la Secretaría de Economía y Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología quienes podrán apoyarse en otros organismos para el cumplimiento de los objetivos del presente decreto. El Premio Nacional de Tecnología e Innovación consiste en 3 etapas en base al modelo nacional de gestión de tecnología primera etapa: reporte inicial de gestión de tecnología. los participantes presentarán, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la guía de participantes, una síntesis no mayor a 18 cuartillas sobre los procesos de gestión de tecnología de la organización de acuerdo a las funciones de Modelo Nacional de Gestión de Tecnología®. Segunda etapa: Reporte extenso de Gestión de Tecnología. los participantes presentarán, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Guía de Participación, un documento no mayor a 100 cuartillas que detallen sus procesos de gestión de tecnología e innovación de acuerdo al Modelo Nacional de Gestión de Tecnología®. Tercera Etapa: Visitas de Campo. Los evaluadores visitarán a las personas físicas y morales seleccionadas con el objeto de corroborar y evidenciar la información presentada en las etapas documentadas; así como determinar el nivel de aplicación y madures de los procesos de gestión de tecnología. Capitulo de Innovación: Categoría de Innovación de Producto y Categoría de Innovación de Proceso. El proceso se desarrollará en tres etapas: Primera Etapa: Reporte inicial de la innovación. Los participantes presentarán, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Guía de Participación, una síntesis no mayor a 18 cuartillas sobre los Procesos de Gestión de Tecnología de la Organización de acuerdo a las funciones del Modelo Nacional de Gestión de Tecnología® y una síntesis de su producto o proceso innovador. Segunda Etapa: Reporte Extenso de Innovación. Los participantes presentarán, de acuerdo a los establecimientos establecidos en la guía de Participación, un documento no mayor a 100 cuartillas que detalle sus procesos de Gestión de Tecnología de Innovación de acuerdo al Modelo Nacional de Gestión de Tecnología®, así como la innovación de productos o procesos que quieren que sea reconocida. Tercera Etapa: Las personas físicas y morales finalistas en esta categoría deberán acudir a presentar su innovación de acuerdo a las sedes y tiempos que especifique la Fundación Premio Nacional de Tecnología en su página de Internet: www.pnti.org.mx. Las personas físicas y morales participantes deberán presentar sus reportes conforme a las especificaciones de formato que se publicarán en la guía de participación Premio Nacional de Tecnología e Innovación Décimo Séptima Edición, que esta disponible en la página de Internet: www.pnti.org.mx. Dichas especificaciones de formato son obligatorias. Las personas físicas y morales que no se apeguen totalmente a estas. serán descalificadas por el proceso de evaluación y no tendrán derecho a recibir retroalimnetación.
No aplica
Con la identificación de empresas ganadoras de cada una de las categorías de participación de acuerdo al Modelo Nacional de Gestión de Tecnología®.
Si
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1 Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto Consejo Operativo de la Fundación Premio Nacional y Tecnología, Secretaría de Ecomía-Conacyt. Trabajo conjunto de los anteriores para determinar las reglas de participación para la presente convocatoria. |
La presente convocatoria se elaboró bajo los lineamientos del decreto por el que se crea el Premio Nacional de Tecnología e Innovación, publicado en el DOF, el pasado 10 de diciembre de 2010.