Coordinación Sectorial de Planeación y Administración de la
SEMS
------------------SOLICITUD DE BAJA--------------------
Con el presente, se solcita se deje sin efectos los envios
electrónicos identificados con los números de expediente
SEP/18143- ACUERDO MODIFICATORIO DEL DIVERSO NÚMERO
442 POR EL QUE SE ESTABLECE EL SISTEMA NACIONAL DE
BACHILLERATO EN UN MARCO DE DIVERSIDAD y SEP/18142-
ACUERDO MODIFICATORIO DEL DIVERSO NÚMERO 447 POR EL
QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARA
QUIENES IMPARTAN EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR EN LA
MODALIDAD ESCOLARIZADA, en virtud de que el proyecto que
se somete en esta ocación para dictámen, incluye las
modificaciones referidas en los proyectos anteriores.
--------------------RESUMEN----------------------
Con fecha el 26 de septiembre de 2008, 21 de octubre de
2008 y 29 de octubre de 2008, se publicaron en el Diario
Oficial de la Federación los ACUERDOS NÚMEROS 442, 444 Y
447 POR LOS QUE SE ESTABLECE EL SISTEMA NACIONAL DE
BACHILLERATO EN UN MARCO DE DIVERSIDAD, SE
ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS QUE CONSTITUYEN EL
MARCO CURRICULAR COMÚN DEL SISTEMA NACIONAL DE
BACHILLERATO Y SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS
DOCENTES PARA QUIENES IMPARTAN EDUCACIÓN MEDIA
SUPERIOR EN LA MODALIDAD ESCOLARIZADA,
RESPECTIVAMENTE.
El desarrollo educativo del país ha motivado múltiples
iniciativas federales y estatales, públicas y privadas, que
conforman la variadísima oferta de planes y programas de
estudio que caracteriza la educación media superior.
Si bien este hecho ha permitido la atención a un número
creciente de estudiantes, también es una realidad el que hoy
tenemos un panorama carente de criterios que proporcionen
orden, articulación y sistematicidad al tipo educativo que
tendrá la mayor expansión y crecimiento en los próximos años.
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su Eje
3. “Igualdad de Oportunidades”, Objetivo 9 “Elevar la calidad
educativa”, Estrategia 9.3 establece como impostergable una
renovación profunda del sistema nacional de educación, para
que las nuevas generaciones sean formadas con capacidades
y competencias que les permitan salir adelante en un mundo
cada vez más competitivo, obtener mejores empleos y
contribuir exitosamente a un México más equitativo y con
mejores oportunidades para el desarrollo. Asimismo, señala
que por lo que toca a la educación media superior, se
rediseñarán los planes de estudio para que los alumnos
cuenten con un mínimo de las capacidades requeridas en este
tipo educativo, y les permita transitar de una modalidad a
otra.
En congruencia con lo anterior el Programa Sectorial de
Educación 2007-2012, en su Objetivo 1 “Elevar la calidad de
la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de
logro educativo, cuenten con medios para tener acceso a un
mayor bienestar y contribuyan al desarrollo nacional”, numeral
1.6 señala que es necesario alcanzar los acuerdos
indispensables entre los distintos subsistemas y con las
instituciones de educación superior que operen servicios de
educación media superior en el ámbito nacional, con la
finalidad de integrar un sistema nacional de bachillerato en un
marco de respeto a la diversidad, que permita dar pertinencia
y relevancia a estos estudios, así como lograr el libre tránsito
de los estudiantes entre subsistemas y contar con una
certificación nacional de educación media superior.
La Ley General de Educación establece la atribución
concurrente de las autoridades educativas Federal y locales
para promover y prestar los
Tipo de anteproyecto#1
Ley
Ordenamiento#1
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículos y fracciones#1
Artículo 38
Ordenamiento#2
Ley General de Educación
Artículos y fracciones#2
Artículos 9, 12, Fracciones VIII y XI, 14, Fracciones I, II y
último parrafo y 47
Ordenamiento#3
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública
Artículos y fracciones#3
1, 4 y 5
No
No
No
No
No
No
No
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
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