
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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El propósito de la presente regulación es reordenar y complementar las medidas de seguridad generales para realizar trabajos de operación y mantenimiento en instalaciones eléctricas, así como precisar las relativas a la ejecución de este tipo de actividades en instalaciones eléctricas aéreas y subterráneas, a fin de brindar mayor claridad en su aplicación; incorporar las medidas de seguridad para realizar trabajos de operación y mantenimiento en instalaciones eléctricas energizadas; detallar los temas de la capacitación que se debe brindar a los trabajadores que realicen actividades de operación y mantenimiento a las instalaciones eléctricas, y precisar la vigencia de los dictámenes que emitan las unidades de verificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
La energía eléctrica es el gran motor de toda la industria. En la actualidad no se concibe un centro de trabajo si no cuenta con instalaciones eléctricas. Es por ello, que se requiere que la operación y mantenimiento de las mismas se realice con las medidas de seguridad necesarias, a efecto de evitar riesgos a los trabajadores que ejecutan estas actividades, así como a su entorno. El mal estado de las instalaciones eléctricas es una de las causas de incendios y electrocuciones en los centros de trabajo e inclusive en los hogares, no solamente de nuestro país sino a nivel mundial. Por ejemplo, en España las estadísticas de 2010 reflejan cifras alarmantes: 7,300 incendios anuales por causas eléctricas; 4,850 accidentes por descargas de corriente; más de 1,500 heridos graves, y una media de 150 muertos por quemaduras y cortocircuitos. En términos monetarios, el costo directo de los daños ocasionados por incendios eléctricos en ese país es de 40.5 millones de euros anuales, cifra que asciende a 220 millones al sumar los costos indirectos: intervención del cuerpo de bomberos; atención sanitaria de heridos, y costo de las compañías aseguradoras. Las pérdidas materiales, a su vez, oscilan en torno a los 50 millones de euros. Por su parte, en nuestro país, los accidentes que ocurren con motivo de la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas son de graves consecuencias, tanto por las secuelas para los mismos trabajadores como para sus familias, ya que pueden sufrir lesiones importantes como la pérdida de algún miembro, tener quemaduras de tercer grado o hasta la muerte. Entre 2001 y 2010, en el Grupo Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, se presentaron más de 17,000 riesgos de trabajo, 209 defunciones y más de 540,000 días de incapacidad, de acuerdo con las Memorias Estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social. Igualmente, en dicho período se registraron, por efectos de la corriente eléctrica, 1,198 accidentes de trabajo, 310 defunciones y 24,650 días de incapacidad. Es por ello, que el anteproyecto adiciona los requerimientos necesarios, a efecto de contribuir a elevar los niveles de seguridad en la ejecución de las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, mediante la aplicación de planes y programas de prevención que no significan una carga económica sino, por el contrario, representan un ahorro significativo de los costos por la ocurrencia de riesgos de trabajo y las consecuencias de los mismos (defunciones y días de incapacidad), y un aporte importante en la salvaguarda de la salud, integridad física y vida de los trabajadores dedicados a dichas actividades en nuestro país. En la sección de anexos se incluyen las estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Grupo Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y los determinados por efecto de la corriente eléctrica.
Norma Oficial Mexicana
Selección de alternativa#1 Esquemas de autoregulación No se considera viable esta alternativa, debido a que los riesgos que se presentan en las instalaciones eléctricas son de consecuencias graves, y los costos inherentes a los decesos y accidentes son muy altos. No se prevén beneficios con la alternativa de no emitir regulación alguna. | |
Selección de alternativa#2 Esquemas voluntarios Se prevén beneficios con la alternativa de los esquemas de autorregulación. Sin embargo, se requiere establecer una regulación de observancia obligatoria para los patrones de los centros de trabajo, cuyo cumplimiento sea verificado por la autoridad laboral, con el objeto de comprobar que se cumple con las condiciones de seguridad. Lo anterior, en virtud de que los riesgos de trabajo que se presentan en las instalaciones eléctricas son de consecuencias graves, y los costos inherentes a los decesos y accidentes son muy altos. | |
Selección de alternativa#3 Incentivos económicos Se prevén beneficios con la alternativa de los esquemas voluntarios. Sin embargo, se requiere establecer una regulación de observancia obligatoria para los patrones de los centros de trabajo, cuyo cumplimiento sea verificado por la autoridad laboral, a fin de comprobar que se cumple con las condiciones de seguridad en las actividades relacionadas con la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas. Lo anterior, en virtud de que los riesgos de trabajo que se presentan por la manipulación de las instalaciones eléctricas son de consecuencias graves, y los costos inherentes a los decesos y accidentes son muy altos. | |
Selección de alternativa#4 Otro tipo de regulación No se prevén beneficios con la alternativa de incentivos económicos a través de la norma. | |
Selección de alternativa#5 No emitir regulación alguna No aplica. |
Al emitir la modificación a la NOM-029-STPS-2005, se reordenan las disposiciones relacionadas con las medidas de seguridad generales para realizar trabajos de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, así como las específicas cuando dichos trabajos se realicen en las instalaciones eléctricas aéreas y subterráneas, a fin de brindar mayor claridad en su aplicación. De igual manera, se dispondrá de las medidas de seguridad que deberán adoptarse para realizar trabajos de operación y mantenimiento en las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales, así como los que se ejecuten con líneas energizadas. Asimismo, se contará con procedimientos de seguridad para las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas; la selección y uso del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante, y la colocación del sistema de puesta a tierra temporal. Igualmente, se precisarán los temas de la capacitación que se deberán impartir a los trabajadores que realicen las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, y se establecerá la prohibición de que sean llevadas a cabo por menores de 16 años y mujeres gestantes. Cabe hacer notar, que de conformidad con las Memorias Estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social, entre 2001 y 2010, en el Grupo Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, se presentaron más de 17,000 riesgos de trabajo, 209 defunciones y más de 540,000 días de incapacidad y, por efectos de la corriente eléctrica, se registraron 1,198 accidentes de trabajo, 310 defunciones y 24,650 días de incapacidad. En la sección de anexos se incluyen las estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Grupo Generación, Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y los determinados por efecto de la corriente eléctrica.
Se realizó una investigación de la manera en que se regula la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en España y Colombia y se observó que, en ambas, la seguridad en la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas se tiene a nivel de reglamentos por lo que, aún cuando podrían ser más generales se refieren a un ordenamiento superior. En España también tienen una guía técnica sobre este tema. En la sección de anexos se incluyen los comparativos con las regulaciones de España y Colombia, así como el correspondiente a la guía técnica de España. También se incorporan dos artículos emitidos por la OSHA sobre medidas de seguridad con instalaciones eléctricas.
Selección de impacto#1 Seguridad en el trabajo Centros de trabajo. Centros de trabajo en donde se realicen actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales, las que se desarrollen en líneas eléctricas aéreas y subterráneas, así como las que se ejecuten en líneas eléctricas energizadas, en todo el territorio nacional. Una regulación clara es más efectiva y, en este caso particular, incide directamente sobre la prevención de los riesgos derivados de las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo, ya que la determinación de los riesgos potenciales se basa en las características de la exposición del trabajador; del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de trabajo utilizados; de las áreas donde se realizarán las actividades, y de la frecuencia con la que se ejecuten, entre otras. De esta manera, los patrones podrán identificar de manera específica en el anteproyecto, las condiciones y medidas de seguridad a seguir para prevenir los riesgos identificados en el análisis referido. Con lo anterior, se puede concluir, que al dar cumplimiento con lo dispuesto por anteproyecto se mejorarán las condiciones de seguridad en la realización de las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, lo que dará como resultado una reducción en los riesgos laborales y, en consecuencia, de los gastos derivados de tratamientos médicos, hospitalización, así como el pago de incapacidades o indemnizaciones por los daños a la integridad física y salud de los trabajadores o su muerte. |
Seleccione el tipo de movimiento del trámite#1 |
Disposiciones distintas de trámites#1
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No se prevén efectos sobre la competencia y libre concurrencia en los mercados, ni sobre el comercio nacional e internacional, toda vez que se refiere al establecimiento de medidas de seguridad que se deben observar en los centros de trabajo al realizar este tipo de actividades para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
Como se mencionó anteriormente, el propósito del anteproyecto se encuentra vinculado, exclusivamente, con el establecimiento de las condiciones de seguridad que se deben observar en la realización de actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo. En virtud de lo anterior, se ratifica que las únicas finalidades del anteproyecto no están vinculadas con precio, calidad y disponibilidad de bienes y servicios a los consumidores.
El anteproyecto no contempla esquemas que impacten de manera diferenciada a sectores o agentes económicos, debido a que los riesgos de laborales a que están expuestos los trabajadores que realizan las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas son los mismos, sin importar su tipo y tamaño.
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1 En el año 2010, el Instituto Mexicano del Seguro Social reportó en su Memoria Estadística la ocurrencia de 506,528 riesgos de trabajo, y la erogación por concepto de gastos totales en ese mismo ejercicio fue de 28’058,966,000 pesos, de lo anterior se deduce que cada riesgo de trabajo costó 55,394.69 pesos. Dichos gastos se transfieren a los patrones de los centros laborales donde ocurrieron los riesgos de trabajo con el pago de la prima por riesgos de trabajo. 55395 Patrones de los centros de trabajo 55395 1 2 110,790.00 103,542.06 |
Indique el grupo o industria afectado#1 Patrones de los centros de trabajo 643 1 2 1,286.00 1,201.87 643.00 5.2 Contar con el plan de trabajo para los trabajadores que realizan actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 7 de la presente Norma. 7.1 Por cada actividad de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas se deberá contar con un plan de trabajo que considere: b) El nombre del jefe de trabajo; e) El lugar donde se desarrollará la actividad; g) Los riesgos potenciales determinados con base en lo dispuesto en el numeral 7.2; j) Las medidas de seguridad que se requieran, de acuerdo con los riesgos que se puedan presentar al desarrollar el trabajo, y Descripción de costos La mayoría de los elementos que integran el plan de trabajo están contenidos en el análisis de riesgos potenciales a que se refiere el capítulo 7 de la norma vigente, por lo que se consideran los costos de los aspectos no contemplado en dicha norma. El plan de trabajo lo puede integrar el supervisor o jefe de seguridad y salud, el cual tiene un salario promedio mensual de 9,642 pesos. Si para complementar la información requiere alrededor de dos días, esto costaría 643 pesos. En la sección de anexos se integra el salario promedio mensual de jefes, supervisores y similares en la generación de energía, la instalación, reparación y mantenimiento de equipo eléctrico y de telecomunicaciones. | |
Indique el grupo o industria afectado#2 Patrones de los centros de trabajo 4661 1 2 9,322.00 8,712.15 5.7 Elaborar y dar seguimiento a un programa de revisión y conservación del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante utilizados en las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, el cual deberá contener al menos, las fechas de realización, el responsable de su cumplimiento y el resultado de su ejecución. Descripción de costos La elaboración de un programa de revisión y conservación del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante podría llevar hasta dos días, por lo que si lo elabora el supervisor o jefe de seguridad costaría 643 pesos. Dar seguimiento al referido programa se podría llevar una hora diaria, lo que significa aproximadamente 300 horas en un año, es decir, 12.5 días, lo que costaría 4,018 pesos. Todo esto hace un total de 4,661 pesos. 4661.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#3 Patrones de los centros de trabajo 3858 1 2 7,716.00 7,211.21 5.8 Contar con procedimientos de revisión, conservación almacenamiento, y reemplazo del equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante, para realizar las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas. Descripción de costos Para cumplir con esta obligación se deben elaborar cuatro procedimientos: revisión, conservación, almacenamiento y reemplazo del equipo de trabajo; revisión, conservación, almacenamiento y reemplazo de la maquinaria; revisión, conservación, almacenamiento y reemplazo de las herramientas, y revisión, conservación, almacenamiento y reemplazo de los implementos de trabajo. En la elaboración de cada uno de estos procedimientos se podrían invertir, aproximadamente, tres días. Si los elabora el supervisor o jefe de seguridad, uno costaría 964 pesos, lo que daría un total de 3,858 pesos por los cuatro procedimientos. 3858.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#4 Patrones de los centros de trabajo 493 1 2 986.00 921.50 6.7 Avisar por escrito al patrón y a la comisión de seguridad e higiene, de los incidentes, accidentes, condiciones y actos inseguros, o sobre situaciones de emergencia, real o potencial, detectados durante la ejecución de sus actividades. Descripción de costos Las obligaciones de los trabajadores no se incluyen en la verificación del cumplimiento. Sin embargo, dado que se está solicitando que el trabajador de aviso por escrito sobre los incidentes, accidentes, condiciones y actos inseguros, o sobre situaciones de emergencia reales o potenciales, ello implica que dedique cierto tiempo a elaborar el reporte escrito. Elaborar y entregar el aviso se podría llevar como máximo una hora, por lo que si un trabajador percibe 5,916 pesos mensuales, y en un año se tendrían que elaborar hasta 20 avisos, por lo que esta actividad costaría 493 pesos anuales. En la sección de anexos se integra el salario promedio mensual de un electricista obtenido del Observatorio Laboral. 493.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#5 Patrones de los centros de trabajo 1607 1 2 3,214.00 3,003.74 7.2 Para la determinación de los riesgos potenciales se deberá considerar, según aplique, lo siguiente: a) La exposición del trabajador a los peligros relacionados con: 1) Las instalaciones inmediatas a la zona de trabajo; 2) Los peligros identificados fuera de la zona de trabajo, y 3) Los peligros originados por otro tipo de actividades en las inmediaciones del lugar donde se realizará el trabajo; b) Las consecuencias por las actividades a realizar en las inmediaciones del lugar donde se realizará el trabajo; f) Las maniobras necesarias a realizar antes y después de la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, en especial las relacionadas con la apertura o cierre de los dispositivos de protección y/o de los medios de conexión y desconexión; i) En su caso, las instalaciones temporales y su impacto en las operaciones y actividades a realizar, y Descripción de costos La norma vigente determina que se debe realizar el análisis de riesgos para el mantenimiento de las instalaciones eléctricas, por lo que se costearán aquellos elementos no considerados en la misma. Complementar los elementos para determinar los riesgos potenciales podría requerir alrededor de cinco días, por lo que, si lo desarrolla el supervisor o jefe de seguridad, costaría 1,607 pesos. 1607.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#6 Patrones de los centros de trabajo 500 1 2 1,000.00 934.58 7.3 El plan de trabajo deberá: a) Proporcionarse al trabajador que realizará la actividad, y b) Ser aprobado por el patrón o por el responsable de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o por el jefe de trabajo. Descripción de costos El plan de trabajo puede constar a lo sumo de dos hojas y, en promedio, para estas actividades se tienen cinco trabajadores en un centro laboral, por lo que el costo de la impresión y las hojas es intrascendente. En lo concerniente a la aprobación del plan de trabajo, esta podría llevar medio día, por lo que si consideramos que el patrón tiene un salario promedio mensual de 30,000 pesos, costaría 500 pesos. 500.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#7 Patrones de los centros de trabajo 1607 1 2 3,214.00 3,003.74 7.4 El plan de trabajo se deberá revisar y, en su caso, actualizar cuando se modifiquen los procedimientos de seguridad, o se realice cualquier cambio en su contenido que altere las condiciones en las que se ejecuta la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas. Descripción de costos Aún cuando no es común que se modifiquen continuamente los procedimientos de seguridad, para estimar este costo se asumirá que dichos procedimientos se modifican en una ocasión, y ello conlleva la actualización del plan de trabajo, lo que podría llevar hasta cinco días. Si lo elabora el supervisor o jefe de seguridad, costaría 1,607 pesos. 1607.00 | |
Indique el grupo o industria afectado#8 Patrones de los centros de trabajo 482 1 2 964.00 900.93 482.00 9.4 Comprobar, para la realización de trabajos de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, al menos que: a) Las instalaciones eléctricas se encuentren de conformidad con el diagrama unifilar y el plan de trabajo; c) Se prohíba a los trabajadores usar alhajas o elementos metálicos durante la ejecución de las actividades; m) Se realice una revisión en todo el circuito o red eléctrica en el que se efectuó la operación y mantenimiento, después de haber realizado los trabajos, y Descripción de costos Estas acciones se deben efectuar cada vez que se realicen actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, y podrían llevar hasta una hora. Si consideramos que se realizan al menos una vez al mes, es decir, 12 en un año, y las lleva a cabo el supervisor o el jefe de seguridad, costaría 482 pesos. | |
Indique el grupo o industria afectado#9 Patrones de los centros de trabajo 10320 1 2 20,640.00 19,289.72 10320.00 12.1 Cumplir con lo establecido en los procedimientos de seguridad a que se refieren los numerales 8.1 al 8.3 de esta Norma, para realizar trabajos de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas energizadas, así como con las instrucciones de seguridad siguientes: a) Efectuar la actividad por trabajadores autorizados y capacitados; b) Cumplir con la técnica descrita en los procedimientos del plan de trabajo y utilizar las herramientas e implementos necesarios para efectuar la actividad, así como el equipo de protección personal adecuado al riesgo; c) Seguir la secuencia de ejecución de las maniobras, tales como la conexión y/o desconexión de dispositivos de seccionamiento y protección, el traslado de líneas, la colocación de puentes provisionales, el aislamiento de redes, entre otras; d) Utilizar los medios de comunicación, en su caso, con la subestación, el centro de maniobras o el jefe de trabajo; e) Realizar la entrega y recepción de la zona de trabajo para el inicio y término de las actividades, respectivamente, y f) Contar con supervisión permanente en la ejecución de los trabajos. 12.2 Cumplir, para la ejecución de los trabajos de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas energizadas, con lo siguiente: a) Realizar una reunión previa al inicio de las actividades, en la zona de trabajo, a fin de efectuar un análisis de las condiciones del lugar, considerando, al menos lo siguiente: 1) Las redes cercanas a la zona de trabajo; 2) La ubicación correcta del vehículo, y 3) La conexión a tierra del vehículo; b) Prohibir efectuar trabajos de línea energizada en circuitos en falla, en días lluviosos o cuando no se cuente con el material y equipo necesario; c) Contar con un programa para la revisión y mantenimiento de vehículos, equipos y herramientas, a fin de comprobar que cumplen con el nivel de aislamiento requerido; d) Verificar que los equipos de protección y/o seccionamiento automático o los operables a distancia se encuentren, de manera tal, que se puedan efectuar trabajos con línea energizada; e) Utilizar siempre el equipo de protección personal y equipo para trabajo de línea energizada de la clase que corresponda de acuerdo con el nivel de tensión eléctrica de la instalación donde se efectuará el trabajo, y f) Efectuar el trabajo en una fase a la vez manteniendo las demás alejadas y/o cubiertas. Descripción de costos La operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas energizadas -en los términos planteados en el Proyecto de modificación, por el tipo de equipo de trabajo, maquinaria, herramientas e implementos de protección aislante citados- se efectúan en empresas que tienen, dentro de sus actividades, las relativas a la transmisión y distribución de energía eléctrica, como Comisión Federal de Electricidad y Petróleos Mexicanos, entre otras. Se estima que no más del cinco por ciento del total de centros de trabajo tendrían que cumplir con este capítulo. Aún cuando se asume que por las características y el alto riesgo que implican dichas actividades, esos centros de trabajo cumplen con las obligaciones previstas por este capítulo, se cuantificarán los costos por la observancia del mismo. Para tal efecto, se deben diferenciar las acciones referentes a realizar una acción de seguridad o que ya están previstas por la normatividad vigente (no generan costos), de las que implican elaborar documentos, verificar, supervisar o realizar una actividad adicional a las inherentes a la operación y mantenimiento de las in | |
Indique el grupo o industria afectado#10 Patrones de los centros de trabajo 6500 1 2 13,000.00 12,149.53 6500.00 15.4 La vigencia de los dictámenes emitidos por las unidades de verificación será de un año, siempre y cuando no sean modificadas las condiciones que sirvieron para su emisión. Descripción de costos En caso de que los patrones de los centros de trabajo decidan contratar a una unidad de verificación para demostrar el cumplimiento con la NOM-029-STPS-2011, lo cual es opcional, tendrían que pagar un promedio de 6,500 pesos cada año. Si bien se estima el costo por la contratación de unidades de verificación, se debe destacar que no es obligatorio demostrar el cumplimiento con la norma en esta modalidad. No obstante lo anterior, se consideró necesario incluir el costo de dicho servicio. | |
Indique el grupo o industria afectado#11 Patrones de los centros de trabajo 3214 1 2 6,428.00 6,007.48 3214.00 8.1 Los procedimientos de seguridad para realizar las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas deberán contemplar, según aplique, lo siguiente b) Las instrucciones para comprobar de forma segura la presencia o ausencia de la tensión eléctrica en equipos o instalaciones eléctricas a revisar, por medio del equipo de medición o instrumentos que se requieran; c) La indicación para la revisión de la coordinación de protecciones; f) Las instrucciones para verificar que la puesta a tierra fija cumple con su función, o para colocar las tierras físicas temporales, antes de realizar actividades de operación y mantenimiento; g) Las medidas de seguridad por aplicar, en su caso, cuando no se concluyan las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en la jornada laboral, a fin de evitar lesiones al personal; i) Las instrucciones para que al término de dicha revisión, se retiren, en su caso, los candados, señales o cualquier otro dispositivo utilizado para bloquear la energía y finalmente cerrar el circuito. Descripción de costos En la complementación de los procedimientos de seguridad para realizar las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, se podrían invertir hasta diez días, por lo que si esta actividad la realiza el supervisor o jefe de seguridad, costaría 3,214 pesos. |
Como se puede observar, de la cuantificación de los costos y beneficios, así como de la evaluación cualitativa de estos últimos, se desprende que los beneficios son muy superiores a los costos, aún incluyendo el correspondiente a la contratación de los servicios de unidades de verificación que es opcional. En la sección de anexos se incluye la descripción de otros beneficios.
La verificación del cumplimiento de la regulación propuesta se realizará mediante la constatación de que las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo cumplen con lo dispuesto por la NOM-029-STPS-2011, Operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad, a través de las visitas de inspección que practique la autoridad laboral o de la presentación de los dictámenes emitidos por unidades de verificación debidamente acreditadas y aprobadas, que demuestren el cumplimiento con la misma. En ese sentido, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con un cuerpo inspectivo a nivel nacional a través de sus Delegaciones Federales de Trabajo en las 32 entidades de la República Mexicana y en el Distrito Federal, las que cuentan con recursos fiscales asignados para la vigilancia del cumplimiento de las NOM-STPS en los centros de trabajo.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con un cuerpo inspectivo a nivel nacional a través de sus Delegaciones Federales de Trabajo en las 32 entidades de la República Mexicana y en el Distrito Federal. Para ello, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo establece los lineamientos para realizar las inspecciones de las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Por otra parte, en los artículos 11 y 163 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo se establece que los patrones pueden contratar los servicios de unidades de verificación para demostrar el cumplimiento con las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud laborales. Las sanciones por el incumplimiento a las disposiciones de la norma oficial mexicana vigente, como a las del anteproyecto de modificación de la norma que la sustituirá, están consideradas en ordenamientos legales superiores, como lo son la Ley Federal del Trabajo y el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
El mecanismo para evaluar el logro de los objetivos del anteproyecto, es la reducción del índice de riesgos de trabajo en las actividades relacionadas con la operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas. Las estadísticas reconocidas para estas mediciones son las publicadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Seleccione grupo interesado#1 Formación de grupo de trabajo / comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo La Secretaría del Trabajo y Previsión Social constituye grupos de trabajo en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, para elaborar los anteproyectos de normas oficiales mexicanas. Dichos grupos se integran por representantes de los sectores público, privado y social, así como por especialistas de las materias a normar. Una vez que se concluye el anteproyecto de norma, se firma por los integrantes del grupo y se presenta al Comité para su aprobación. En la sección de anexos se incorpora el listado de los integrantes del grupo de trabajo y del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
El grupo de trabajo constituido para revisar la norma vigente y hacer propuestas de modificación, llevó a cabo reuniones en las que los participantes aportaron sus conocimientos y experiencias sobre la interpretación y aplicación del PROY-NOM-029-STPS-2011 y, conformaron el anteproyecto. Dicho anteproyecto fue presentado al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su Séptima Sesión Ordinaria de 2011, celebrada el 9 de agosto de 2011, en la que fue aprobado por unanimidad.