Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Comision Nacional para el Ahorro de Energía

11549

El anteproyecto de modificación de la NOM-011-ENER-2002 comprende los mismos capítulos que la norma vigente: su objetivo de establecer una eficiencia mínima y un método de prueba único para determinarla, el Campo de aplicación, las referencias a otras normas que la complementan, las definiciones de aquellos términos que se considera pueden presentar problemas de interpretación o confusión, la clasificación para una mejor identificación de los productos que comprende la norma, la o las especificaciones en este caso el valor mínimo de eficiencia a cumplir, el o los métodos de prueba únicos para la verificación de las especificaciones, el muestreo para la toma de muestras a probar, el criterio de aceptación, el etiquetado para orientar al consumidor en la selección de los aparatos y la vigilancia y evaluación de la conformidad. En este anteproyecto solo se realizaron modificaciones a los capítulos: 2. Campo de aplicación, el cual se amplió para cubrir otras capacidades de equipos que se han incorporado al mercado nacional de estos aparatos. Se incremento el intervalo de las capacidades de enfriamiento que cubría la norma de 10540W a 17580W ahora en el anteproyecto de 8800 W a 19050 W. 6. Especificaciones TABLA 1, en el cual se incremento el valor mínimo de la relación de eficiencia energética estacional, de 2,93 REEE (Wt/We) a 3,81 REEE (Wt/We) **** Además de lo mencionado en el anteproyecto 11549 remitido a la COFEMER el 18 de octubre de 2006, se anexa a el estudio costo beneficio (documento 11695.66.59.1.costo-beneficio- AC-2005-MIR-complementada.xls) un cuadro con el resumen de todos los costos y beneficios. Tambien se anexa la metodología empleada para elaborar dicho estudio de costo beneficio (documento 11695.66.59.4.METODOLOGIA1.doc ) Así mismo, se anexa el estudio y la presentación de los resultados que realizó el Instituto de Investigaciones Eléctricas donde se valida la metodología empleada para evaluar los proyectos de eficiencia energetica (estudios de costo beneficio) (documentos 11695.66.59.2.Final-Tec-Rep- LBL-IIE-v 0.pdf y 11695.66.59.3.Resultados-IIE-CONAE-LBL- 28FEB06v0.ppt). **** Se anexa el análisis al oficio COFEME/06/3739, remitido por la COFEMER de fecha 3 de noviembre de 2006: 8. Acciones Regulatorias Específicas. 13. ¿Qué recursos públicos, ya asignados o adicionales, serán necesarios para asegurar la aplicación del anteproyecto? 17. ¿Cuáles serían los efectos del anteproyecto sobre los consumidores? 18. Justifique que es viable para las micro, pequeñas y medianas empresas cumplir con las obligaciones establecidas en el anteproyecto. ***** Se anexa documento de referencia para la acción de la "modificación de la tabla del incisio 9.3.4 Mediciones de presión estatica"

Tipo de anteproyecto#1

Ordenamiento#1
Artículos y fracciones#1
Ordenamiento#1
Razones por las que es insuficiente para atender la problemática identificada#1
Ordenamiento#1
Artículos y fracciones#1
Descripción#1

Se modificó la tabla del inciso 9.3.4 mediciones de presion estática, con el objeto de incorporar en la tabla las nuevas capacidades de enfriamiento para ser congruente con los cambios realizados en el campo de aplicación.

Artículos aplicables#1

9.3.4 Mediciones de presion estática

Justificación#1

El campo de aplicacion de la norma vigente indica una capacidad de enfriamiento de 10540 W a 17580W, en el nuevo campo de aplicación del proyecto de norma la capacidad de enfriamiento será de 8 800W a 19 500W, este cambio se debe de reflejar tambien en las condiciones de prueba, sin embargo la resistencia externa minima para esas nuevas capacidades sera exactamente la misma. tal como lo indica el documento de referencia, la norma ARI/210/240 "Unitary Air Conditioning and Source Heat Pump Equipment", por lo que los laboratorios de prueba acreditados y aprobados no realizaran ningun tipo de inversión debido a que cuentan con la infraestructura necesaria para ello. En México, cuando se elaboró la norma vigente solo se comercializaban aparatos entre 10540 W y 17580 W, que fue el campo de aplicación que se consideró. Las condiciones han cambiado por lo que el campo de aplicación que se propone en el anteproyecto es de 8800W a 19050W. No olvidemos que las normas son dinámicas y deben adecuarse para captar la realidad tecnológica y comercial del país. Además esta modificación facilita las transacciones comerciales dentro del Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN), incrementa el ahorro de energía y coadyuva a la preservación de los recursos naturales. El fundamento jurídico que justifica esta acción regulatoria, se basa en los artículos: 44 párrafos primero y quinto, 46 y 51 párrafos 1,2 y 3, de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. La propuesta de modificación de la NOM -011- ENER-2002, la realizaron los fabricantes y comercializadores de estos aparatos que son los directamente afectados por la norma

Formación de grupo de trabajo / comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto#1
Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios#1
Seminario/conferencia por invitación#1
Seminario/conferencia abierto al público#1
Recepción de comentarios no solicitados#1
Consulta intra-gubernamental#1
Consulta con autoridades internacionales o de otros países#1
Otro#1
Especifique#1
No se realizó consulta#1
Nombre completo#1
Nombre completo de la organización#1

¿Sí?#1
Escriba el nombre del archivo electrónico que contiene el estudio de costo-beneficio#1

Descripción#1
Grupo Afectado#1
Cuantificación#1
Costo: Monto Esperado#1
Rango del Costo: Límite Inferior#1
Rango del Costo: Límite Superior#1
Descripción#1
Grupo Afectado#1
Evaluación Cualitativa#1
Importancia#1
Descripción#1
Grupo Beneficiado#1
Cuantificación#1
Beneficio: Monto Esperado#1
Rango del beneficio: Límite Inferior#1
Rango del beneficio: Límite Superior#1
Descripción#1
Grupo Beneficiado#1
Evaluación Cualitativa#1
Importancia#1
¿El anteproyecto elimina trámites?#1
¿El anteproyecto crea trámites?#1
¿El anteproyecto modifica trámites?#1
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
Nombre del trámite#1
Artículos aplicables#1
Casos en los que debe o puede realizarse el trámite:#1
Plazo de resolución#1
Tipo de calendario#1
Efecto de no resolución durante el plazo#1
Requisitos y documentos#1
Fundamento jurídico de los requisitos y documentos#1
Criterios para la resolución de la autoridad#1
Vigencia#1
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
Artículos aplicables#1
Plazo de resolución#1
Nuevo plazo de resolución#1
Tipo de calendario#1
Nuevo tipo de calendario#1
Efecto de no resolución durante el plazo#1
Nuevo efecto de no resolución durante el plazo#1
Requisitos y documentos#1
Nuevos requisitos y documentos#1
Criterios para la resolución de la autoridad#1
Nuevos criterios para resolución por la autoridad#1
Vigencia#1
Nueva Vigencia#1