Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, de la
Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
Sí
Se presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-062-PESC-2007,
para la Utilización del Sistema de Localización Satelital y
Seguimiento de Embarcaciones Pesqueras, con esta medida se
contribuye a mejorar el manejo de las pesquerías a través de
tecnología satelital aplicada a la localización y rastreo de las
embarcaciones pesqueras, con lo cual se logra a conducir
hacia un ordenamiento pesquero. En específico, el Sistema
induce a la práctica de una Pesca Responsable y es una muy
útil herramienta para verificar el adecuado aprovechamiento
de los recursos pesqueros.
La información derivada del sistema confiere grandes
beneficios en el manejo pesquero. Además de ser una valiosa
herramienta en la verificación del cumplimiento de las NOM
pesqueras, provee registros estadísticos para alimentar las
investigaciones pesqueras que contribuyan al entendimiento
de las pesquerías y por consiguiente ser utilizada para el
soporte en la toma de decisiones.
Adicionalmente, de las ventajas que ofrece el sistema es una
efectiva herramienta en materia de seguridad en el mar de los
buques de pesca, localizando de manera precisa una
embarcación pesquera que se encuentre en caso de siniestro,
contingencia, emergencia o cualquier situación que represente
estado de riesgo para la embarcación y su tripulación.
Los cambios que se realizaron a la regulación parten de la
experiencia que se ha ganado durante estos últimos tres años
de operación del sistema. Las modificaciones sobre el
Proyecto de NOM-062-PESC-2005, son específicamente en la
redacción y cambios que permiten que más empresas logren
ofrecer el servicio a las embarcaciones pesqueras sin que la
funcionalidad del sistema en su conjunto se vea amenazada y
se logre cubrir los objetivos del sistema satelital.
Las modificaciones que abarcan desde la introducción de la
NOM se realizaron para que el lector tenga un mayor campo
de referencia de los principios de la regulación. Se incorporan
referencias que recientemente entraron en vigencia. Se
alimenta la bibliografía con documentos que señalan la ventaja
para el ordenamiento pesquero de los estados ribereños en el
uso de los VMS (Monitoreo Satelital para Embarcaciones, por
sus siglas en inglés) y como consecuencia de haberse
superado el plazo previsto de la entrada en vigor de la Norma
se establece un nuevo plazo conforme a los establecido en la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
En lo que respecta a los apartados dispositivos de la NOM
correspondientes al capítulo 4. Regulación para la utilización
del Sistema Satelital de Monitoreo de Embarcaciones
Pesqueras, se analizan las modificaciones al proyecto en el
documento Anexo “Comparativo PNOM - NOM SistSat.doc”.
Por considerar que los cambios a la NOM no se consideran
sustanciales, se pone a disposición de la Comisión Federal de
Mejora Regulatoria la presente exención de Manifestación de
Impacto Regulatorio (MIR) por no costos, para estar en
posibilidad de publicar la NOM definitiva.
Tipo de anteproyecto#1
No
Ordenamiento#1
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículos y fracciones#1
14, 16, 26 y 35 35, fracciones XXI y XXII
Ordenamiento#2
Ley de Pesca
Artículos y fracciones#2
1°, 2°, 3° fracción IX
Ordenamiento#3
Reglamento de la Ley de Pesca
Artículos y fracciones#3
1°, 2° fracciones VI, VII y VIII, 3°, 29, 144, 145 y 146
Ordenamiento#4
Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Artículos y fracciones#4
1°, 2° fracción II, 3° fracciones III, IV-A, X-A, XI, y XVIII, 38
fracciones II y IX, 40 fracciones I y X, 41, 43, 48, 47
fracciones II y III, 49, 50, 52, 53, 57 y 68
Ordenamiento#5
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Artículos y fracciones#5
28, 34 y 35
Ordenamiento#6
Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Artículos y fracciones#6
1°, 2° fracciones I, IV, XXV y XXVI, 15 fracciones III, XXX y
XXXI, 32, 33 fracciones V, VI y XII, 35 fracción XVI, 37, 39
fracciones I, III, IV, VIII, XV y XVII y 42 fracciones II y X
No
No
No
No
No
No
No
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
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