Dirección de Incorporación y Recaudación del seguro Social
La modernización y sistematización de los procesos del IMSS,
se encuentran vinculados con el contribuyente, con el
propósito de dar al Sector Patronal una respuesta más eficaz
al trámite de su inscripción patronal y mayor certidumbre al
Instituto en la información que el patrón le entrega, la cual,
implica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El número
de inscripciones patronales a nivel nacional asciende al mes
de septiembre del año 2005 a 106,929 Patrones que
tramitaron su inscripción patronal y durante 2004 ascendió a
135,967 casos registrados. El Instituto ha desarrollado la
aplicación informática a través de la cual el Sector Patronal
puede efectuar el trámite de su inscripción, mediante una cita
previa que disminuye notablemente los tiempos de espera del
patrón para obtener su número de registro patronal y su
credencial de identificación, lo cual podrá realizar desde
cualquier equipo de cómputo conectado a Internet,
ingresando a la página www.imss.gob.mx del Instituto, en la
cual se presentarán diversas pantallas, en las que se solicita
información que proporcione seguridad al Instituto sobre la
posibilidad de localizar al contribuyente en caso de que éste,
por alguna razón sea sujeto de investigación; el total de
datos solicitados se fundamenta en la Ley del Seguro Social y
su Reglamento, el CFF; la LFPA y en el Acuerdo 290/2005,
emitido por el H. Consejo Técnico del IMSS, en sesión
celebrada el 22 de junio de 2005 y su nota aclaratoria. Al
concluir el registro de la información, el patrón deberá enviarla
a la liga informática indicada y el sistema inmediatamente
presentará al solicitante una pantalla con el número de folio,
la fecha y la hora en que será recibido en la Subdelegación de
control de su domicilio, así como los documentos requeridos
para cada una de las diferentes modalidades de inscripción
patronal inicial ya registradas en la Cofemer con la
homoclave: IMSS-002-01 Aviso de Inscripción Patronal Inicial,
Modalidades de la literal A) a la literal P). En el caso que el
patrón o sujeto obligado no realice esta solicitud vía Internet,
podrá presentarse como hasta este momento directamente en
ventanilla con su documentación, haciendo fila y esperando el
turno que le corresponda para ser atendido y en este caso, el
personal de ventanilla llenará los datos solicitados, en base a
la documentación e información presentada.Una vez concluido
el llenado de los datos por el patrón o efectuada la
verificación de la misma, según sea el caso, el sistema emitirá
la pantalla con el formato y el empleado de ventanilla,
imprimirá por duplicado el Aviso de Inscripción Patronal o
Reanudación de Actividades, así como la tarjeta de
Identificación Patronal en forma inmediata, ambos
documentos deberán ser firmados por el patrón o
representante legal, señalando bajo protesta de decir verdad
que los datos asentados son ciertos. El trámite de Aviso de
Inscripción Patronal efectuado de esta manera, reduce el
tiempo de respuesta del Instituto, de dos días a un máximo de
60 minutos, el cual puede variar de acuerdo a la correcta
captura de los datos. Es conveniente mencionar que el actual
formato denominado Aviso de Inscripción Patronal o de
Modificación en su Registro AFIL-01, continuará en uso ya
que este formato es utilizado para la inscripción de sujetos
obligados con modalidades especiales y también cuando los
patrones notifiquen al Instituto cualquier modificación a su
Tipo de anteproyecto#1
Título del Anteproyecto.
Ordenamiento#1
Ley del Seguro Social.
Artículos y fracciones#1
15, fracción I
Ordenamiento#2
Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de
Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y
Clasificación.
Artículos y fracciones#2
3 y 12
No
No
No
No
No
No
No
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
Confirmar cuenta
Se ha enviado un correo electrónico de confirmación de usuario