Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Solicitud de exención de MIR por no costos

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Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Dirección de Incorporación y Recaudación del seguro Social

La modernización y sistematización de los procesos del IMSS, se encuentran vinculados con el contribuyente, con el propósito de dar al Sector Patronal una respuesta más eficaz al trámite de su inscripción patronal y mayor certidumbre al Instituto en la información que el patrón le entrega, la cual, implica el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El número de inscripciones patronales a nivel nacional asciende al mes de septiembre del año 2005 a 106,929 Patrones que tramitaron su inscripción patronal y durante 2004 ascendió a 135,967 casos registrados. El Instituto ha desarrollado la aplicación informática a través de la cual el Sector Patronal puede efectuar el trámite de su inscripción, mediante una cita previa que disminuye notablemente los tiempos de espera del patrón para obtener su número de registro patronal y su credencial de identificación, lo cual podrá realizar desde cualquier equipo de cómputo conectado a Internet, ingresando a la página www.imss.gob.mx del Instituto, en la cual se presentarán diversas pantallas, en las que se solicita información que proporcione seguridad al Instituto sobre la posibilidad de localizar al contribuyente en caso de que éste, por alguna razón sea sujeto de investigación; el total de datos solicitados se fundamenta en la Ley del Seguro Social y su Reglamento, el CFF; la LFPA y en el Acuerdo 290/2005, emitido por el H. Consejo Técnico del IMSS, en sesión celebrada el 22 de junio de 2005 y su nota aclaratoria. Al concluir el registro de la información, el patrón deberá enviarla a la liga informática indicada y el sistema inmediatamente presentará al solicitante una pantalla con el número de folio, la fecha y la hora en que será recibido en la Subdelegación de control de su domicilio, así como los documentos requeridos para cada una de las diferentes modalidades de inscripción patronal inicial ya registradas en la Cofemer con la homoclave: IMSS-002-01 Aviso de Inscripción Patronal Inicial, Modalidades de la literal A) a la literal P). En el caso que el patrón o sujeto obligado no realice esta solicitud vía Internet, podrá presentarse como hasta este momento directamente en ventanilla con su documentación, haciendo fila y esperando el turno que le corresponda para ser atendido y en este caso, el personal de ventanilla llenará los datos solicitados, en base a la documentación e información presentada.Una vez concluido el llenado de los datos por el patrón o efectuada la verificación de la misma, según sea el caso, el sistema emitirá la pantalla con el formato y el empleado de ventanilla, imprimirá por duplicado el Aviso de Inscripción Patronal o Reanudación de Actividades, así como la tarjeta de Identificación Patronal en forma inmediata, ambos documentos deberán ser firmados por el patrón o representante legal, señalando bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son ciertos. El trámite de Aviso de Inscripción Patronal efectuado de esta manera, reduce el tiempo de respuesta del Instituto, de dos días a un máximo de 60 minutos, el cual puede variar de acuerdo a la correcta captura de los datos. Es conveniente mencionar que el actual formato denominado Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro AFIL-01, continuará en uso ya que este formato es utilizado para la inscripción de sujetos obligados con modalidades especiales y también cuando los patrones notifiquen al Instituto cualquier modificación a su

Tipo de anteproyecto#1

Título del Anteproyecto.

Ordenamiento#1

Ley del Seguro Social.

Artículos y fracciones#1

15, fracción I

Ordenamiento#2

Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Clasificación.

Artículos y fracciones#2

3 y 12

No

No

No

No

No

No

No

Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1