Logocofemer

Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /respuesta_texto_encuestas/4351

Comentario al Expediente



En atención a la modificación al numeral 3.12 de la Norma Oficial Mexicana Nom-160-SCFI-2014, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos, publicada el 27 de septiembre de 2018 en el Diario Oficial de la Federación, la definición de vehículo nuevo quedó de la siguiente manera: 3.12 Vehículo nuevo: Al automotor de procedencia nacional o extranjera, destinado al transporte terrestre de personas y/o de bienes que el proveedor comercializa por primera vez, con no más de 1,000 kilómetros recorridos. Por lo anterior, se solicita se homologue la definición de vehículo nuevo de acuerdo con lo establecido en la Norma Oficial referida.