Logocofemer

Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /respuesta_texto_encuestas/3827

Comentario al Expediente



El instrumento regulatorio tiene como propósito modificar el punto 10 del Acuerdo estableciendo, como requisito previo a la obtención de un permiso de importación de hidrocarburos y petrolíferos con vigencia de un año por parte de la Secretaría de Energía, el que se cumpla con los requisitos que actualmente están establecidos en las Reglas Generales de Comercio Exterior para la importación de combustibles. Está propuesta si representa costos regulatorios adicionales a los ya existentes que deberán cumplirse por las empresas que pretendan participar en el mercado de importación y comercialización de combustibles toda vez que, para la obtención del permiso correspondiente se tendrán que acreditar a la Secretaría de Energía cuestiones relacionadas con la operación propiamente dicha de un negocio tales como: medios de transporte de las mercancías, ubicación de las instalaciones o equipos de almacenamiento, contar con contratos de suministro, transporte y distribución, tener contratos con un laboratorio acreditado por la CRE, etcétera. Aún y cuando estos requisitos se encuentran estipulados en las Reglas Generales de Comercio Exterior, en concreto en la regla 3.7.33. y el listado de productos contenido en el Anexo 14, solicitar su cumplimiento previo a la obtención de un permiso de importación si implica un trámite adicional que entorpece la actividad de importación y comercialización de combustibles sobre todo, si se considera, que el cumplimiento de dichos requisitos puede variar dependiendo de cada operación, por ejemplo no se tiene el mismo medio de transporte en una zona que en otra, razón por la cual su cumplimiento se exige al momento de solicitar un pedimento de importación y no al momento de solicitar un permiso de importación. Por lo anterior, consideramos que la solicitud de exención de MIR del anteproyecto del Acuerdo es improcedente y que, el asunto debe tramitarse como MIR de Alto Impacto por crear derechos y obligaciones distintos a los que actualmente tienen los solicitantes de permisos de importación y exportación.