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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria. Es un instrumento que representa beneficios notoriamente superiores a sus costos en términos de la competitividad y eficiencia de los mercados: NO – El estudio de costo-beneficio es incompleto. Brinde la justificación por la que el (los) supuesto (s) de calidad anteriormente señalado (s) es (son) aplicable (s) al anteproyecto: El documento que analisa el costo-beneficio esta incompleto, no cubre las 3 zonas de uso de agua propuesto en el decreto: 1) Reserva de Uso Domestico y Urbano; 2) Reserva Ecológica; y 3) Zona Reglamentada. Solo se calcula el costo-beneficio de crear Reservas de Agua, sin embargo el objetivo del decreto es mas amplio. Por lo tanto la estimación de costo-beneficio esta basada en información incompleta. Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación 2. Describa la problemática o situación que da origen a la intervención gubernamental a través de la regulación propuesta: 1. El Estudio Técnico tiene 8 años de antigüedad, no esta actualizado. 2. El Estudio Técnico no cumple su función de estudiar y analizar: (a) No hace un estudio de la realidad de la cuenca, con datos y análisis de los mismos, solo agrega información hidrológica y de población, sin un análisis riguroso. Sus conclusiones y recomendaciones están desconectadas de los datos aportados. 3. El Estudio Técnico afirma que la veda a logrado su propósito de preservar el recurso hidrológico, por lo cual la cuenca cuenta con suficiente agua, sin embargo: (a) Desestima la importancia de la veda para que la salud hidrológica de la cuenca persista. (b) No explica como la veda fomento la salud hidrológica de la cuenca. (c) No hace un balance de que pasará con la cuenca si deroga la veda. 4. El Estudio Técnico afirma que las condiciones en tiempos del decreto de la veda y las condiciones actuales han cambiado: (a) No explica que ha cambiado. (b) No describe las condiciones de la cuenca en el pasado. (c) No explica que tendencias ambientales, económicas, políticas o culturales del pasado, visibles, o previsibles dieron origen al decreto. (d) No comenta nada sobre la deforestación en las zonas de recarga de la cuenca y su impacto en la misma. (e) No comenta nada sobre el cambio climático y su impacto en la cuenca. (f) No explica si los cambios favorecen o perjudican la salud hidrológica y ecológica de la cuenca. (g) No explica si el incremento de la población tienen un impacto en la cuenca. 5. El Estudio Técnico afirma que la Ciudad de Xalapa corre el riesgo de quedarse sin agua: (a) No explica como, ni como, ni cuando, ni da alternativas. (b) No explica cuanta agua necesitara la población de la cuenca de aquí al 2065. 6. El Estudio Técnico afirma que la veda a limitado el desarrollo socio-económico de cuenca. (a) No explica como se ha limitado el desarrollo socio-económico. No da datos, ni ejemplos concretos. Solo afirma que: i. 300 acuicultores quieren seguridad jurídica, y eso preocupa al gobierno del estado de Veracruz. Sin embargo el agua destinada para uso acuicola es apenas del 0.84% del total del agua usada. Los usuarios de menos de 1% del agua no pueden ser la justificación de tan importantes cambios al régimen de la cuenca. Este sector genera 1.4 millones de pesos al año. ii. Los prestadores de servicio ecoturisticos y de aventura generan 20 millones de pesos y no fueron consultados como gremio. iii. No analiza si la veda ha permitido el desarrollo socio-económico de otros sectores. iv. Ni analiza si la derogación de la veda afecta el desarrollo socio-económico de otros sectores. Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación 3. Indique el tipo de ordenamiento jurídico propuesto: * El ordenamiento jurídico propuesto no aporta un marco jurídico para la zona reglamentada ni da un plazo para emitir el mismo. Deja así en la in-definición jurídica el 45% del caudal de la cuenca de La Antigua, situación que pone en riesgo el desarrollo socio-económico de las poblaciones dependientes directamente o indirectamente del agua de la cuenca. Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación Aumentar el porcentaje de la Reserva de Agua para Conservación Ecológica, permitiendo pero limitando aun mas el uso no publico y domestico, consuntivo agrícola e industrial. Quedando la cuenca en Zona 1 de disponibilidad de agua. Apartado III.- Impacto de la regulación 9.1 Costos 9.2 Beneficios y 10. Justifique que los beneficios de la regulación son superiores a sus costos: * El documento "Análisis Costo-Beneficio para el decreto de reservas de agua para el ambiente en las cuencas Río Actopan y Río La Antigua, pertenecientes a la Región Hidrológica Papaloapan", único documento que se presenta para hacer el análisis de costo-beneficio, se limita al costo-beneficio de "las declaratorias de zonas de reserva de aguas nacionales" en los caso especifico del establecimiento de Reserva Ecológica mencionado en el estudio técnico y en el decreto. El citado documento no hace un análisis del costo-beneficio a la "suspensión de la zona de veda", ni a "reglamentar por cuenca hidrológica y acuífero el control y la extracción, así como la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales" también objetos del estudio técnico y del "Decreto por el que se suprimen las vedas existentes en las cuencas hidrológicas Río Actopan y Río la Antigua, de la subregión hidrológica Papaloapan A, de la Región Hidrológica Número 28 Papaloapan, y se establecen zonas de reserva de aguas superficiales para los usos público urbano y doméstico y para uso ambiental o para conservación ecológica, así como zona reglamentada en las mismas cuencas hidrológicas". Por lo tanto el estudio de de costo-beneficio es incompleto, y sus estimaciones incompletas. Los prestadores de servicios eco-turísticos y de aventura de la cuenca generan mas de 20 millones de pesos al año, sin embargo no fueron consultados como gremio de los costos que tendría para ellos la derogación de la veda. Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta 11. Describa la forma y/o los mecanismos a través de los cuales se implementará la regulación (incluya recursos públicos): La CONAGUA no tuvo el personal, la estructura y el mecanismo para impedir el uso irregular del agua durante la veda, no tiene el personal suficiente para implementar el presente proyecto. Situación que pone en riesgo el desarrollo socio-económico de las poblaciones que dependen del agua de la cuenca. Apartado VI. Consulta pública 14. ¿Se consultó a las partes y/o grupos interesados para la elaboración de la regulación?: * NO Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1* Siendo un cambio de régimen esencial para la cuenca, no se hizo una consulta pública amplia, ni se consultaron a todos los usuarios de la cuenca.