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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Comentarios generales al Artículo 11: Es conveniente señalar el protocolo de comunicación para que la Comisión informe al regulado sobre cuando llevaría a cabo el monitoreo de niveles y calidad de aguas. Adicionalmente, es importante precisar el fundamento jurídico en el que se sustenta este artículo.