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Comentario al Expediente



Anexo 2. de la MIR. Antes de la publicación de este documento es necesario evaluar la objetividad del análisis de la “Problemática del Refugio Bahía de Akumal” que se presenta en el Anexo 2 de la MIR. Los resultados de un análisis de problematica y amenazas no fueron presentados como parte del proceso de consulta para corroborar su congruencia y desafortunadamente presenta imprecisiones, subjetividad y falsas suposiciones. La baja calidad en el contenido de este documento compromete lo que se presenta como mejores medidas para la conservación en el Área de Refugio, en particular por que se sobre regula una zona y actividad, imponiendo restricciones que comprometen el equilibrio del costo-beneficio; mientras que otras zonas, actividades o amenazas son virtualmente ignoradas. Ténganse en consideración las siguientes observaciones: En la descripción de la “Problemática” del Área literalmente se trascribieron como situaciones prevalentes en la Bahía de Akumal, fragmentos de documentos referidos a otras áreas, es decir, que no corresponden a un análisis propio de la Problemática en la Bahía de Akumal. Esto pone en duda la objetividad del análisis, ya que en algunos casos se transcriben (copian y pegan) pedazos de texto haciéndolos parecer como propios del análisis de la Bahía de Akumal, sin asignar citas bibliográficas; y en otros casos, se describen situaciones irreales, que supuestamente ocurren en la Bahía de Akumal, pero que son citas de documentos referidos a otras áreas o circunstancias, por ejemplo; al describir la problemática relacionada con embarcaciones en la Bahía de Akumal se da la siguiente descripción textual: Embarcaciones: “... las tortugas marinas son impactadas en sus zonas de alimentación por un conflicto de uso de zonas marinas, resintiendo el impacto de actividades acuáticas recreativas con embarcaciones motorizadas que provocan un intenso tránsito marítimo (barcos, lanchas, jetski, veleros), haciendo a las tortugas propensas a recibir golpes, los cuales pueden ocasionar heridas graves y traumatismos por causa de las propelas y en algunos casos incluso la muerte de los organismos (CONANP, 2009)” Este escenario es irreal e inexistente en la Bahía de Akumal. Ni Las tortugas marinas, ni ningún otro organismo, son impactados en la Bahía de Akumal en sus zonas de alimentación por embarcaciones o por un conflicto de uso de zonas marinas. Desde hace casi diez años la comunidad diseño e implemento con apoyo de la Capitanía de Puerto de Playa del Carmen el denominado Programa de Ordenamiento Marino de la Bahía de Akumal. Este programa contempla una Zonificación detallada que incluye canales de navegación y zonas para el fondeo de embarcaciones menores. Las tortugas marinas no están propensas a recibir golpes en la Bahía de Akumal por Barcos, ni Jetski ni veleros, como falsamente refiere este documento, por la sencilla razón que este tipo embarcaciones NO OPERA NI NUNCA HAN OPERADO EN AKUMAL. Son prohibidos por ordenamiento náuticos ya existentes y que no se mencionan en los formularios de la MIR ni en el análisis de problemática, y que fueron ratificados por Marina mercante a través de la Capitanía de Puerto en el 2016. Nunca se ha golpeado o matado una tortuga en Akumal por esta causa. La cita CONANP 2009 aparentemente hace referencia al siguiente documento: “CONANP. 2009. Programa de Acción para la Conservación de las Especies (PACE): Tortuga carey (Eretmochelys imbricata). Serie PACE. CONANP-SEMARNAT. México. 85 pp”. Por lo que resulta falso y tendencioso describir como una característica propia del área lo descrito en un documento que fue elaborado con otro propósito y de régimen general. El análisis de problemática de un área debe describir la problemática real del área, no la que se obtenga de bibliografía y sugiera la existencia de problemas que no existen en al área. En el texto de “DESCRIPCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA” se menciona que, “…. se registran perturbaciones que alteran la estructura de los ecosistemas y poblaciones de diversas especies, provocando cambios en los recursos (bióticos y abióticos), la disponibilidad y estado de conservación de los hábitat o el medio físico, que producen efectos sobre la dinámica de los ecosistemas, su diversidad y los ciclos biogeoquímicos de materia, y que por sus dimensiones rebasan la escala natural en intensidad, dimensión y frecuencia. El efecto de las perturbaciones sobre los ecosistemas depende de la magnitud del agente perturbador y la susceptibilidad del ecosistema, así como de su origen (natural o inducida)….” Este texto se presenta textual como descripción de la problemática de varios estudios de descripción en diversas áreas, entre ellas: Parque Nacional Cascada de Bassaseachic, Parque Nacional El Potosí y Cascadas de agua azul. La falta de objetividad y veracidad en los planteamientos de la problemática para la MIR indica que el cumplimiento de estos requerimientos se efectúa de manera sistemática, como mera acción de copiar y pegar, para cumplir con el requisito. Estas prácticas puede tener serias implicaciones y costos cuando derivan de ellas regulaciones que afectan negativamente la esfera jurídica de los particulares, sin razón justificada ni sustento técnico adecuado, propiciando la inconformidad y el conflicto en la aplicación de políticas públicas que trascienden de ellas.