Logocofemer

Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /respuesta_texto_encuestas/1012

Comentario al Expediente



Respecto a la cláusula segunda, inciso viii, del Modelo de Contrato de Interconexión (Anexo III): Para efectos de financiamiento y modelos de negocios en torno a la generación distribuida, aliviaría esfuerzos y eliminaría barreras legales si los contratos se pudieran ceder, asignar o transferir. Se sugiere permitir la cesión o transferencia de los contratos de interconexión, previo aviso al Distribuidor, y sujeto a ciertas disposiciones administrativas.