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Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la celebración de Tratados.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Emisión de lineamientos para homologar los procedimientos relacionados con el proceso de celebración de los tratados, así como también para que las autoridades involucradas, cuenten con las herramientas necesarias que garanticen su adecuada y oportuna participación.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


Guidelines for approving the procedures relating to the celebration of the treaties, as well as for the authorities involved have the necessary tools to ensure their proper and timely participation.

Dictámenes Emitidos



CONAMER/21/0836

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Comentario emitido por: Sergio Ricardo Hernández Ordoñez


La propuesta de Lineamientos incorpora la figura de la Suspensión de la Aplicación de un tratado, sin embargo, esta figura no existe en la Ley sobre Celebración de Tratados. De este modo, la propuesta violenta el artículo 6 de la Ley General de Mejora Regulatoria al no respetar los principios de legalidad y jerarquía normativa. Es decir, se requiere reformar la Ley sobre Celebración de Tratados y no incorporar esta figura a través de un instrumento administrativo como el propuesto. La figura de la Suspensión de la Aplicación de un tratado también transgrede el artículo 7 de la Ley General de Mejora Regulatoria, toda vez que al no estar regulada en la Ley sobre Celebración de Tratados no proporciona certidumbre jurídica para los beneficiarios de los tratados, es decir, el gobernado. Asimismo, transgrede el referido artículo al evidenciar la falta de coherencia y armonización entre la Ley sobre Celebración de Tratados y la propuesta de Lineamientos. Respecto de la sección de Negociación, la propuesta pierde la oportunidad de incorporar mecanismos de transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas al no regular la participación de México en los procesos de negociación (inobservando así el artículo 7 , fracción IV de la Ley General de Mejora Regulatoria). Es decir, no se considera la elaboración de versiones públicas de los documentos de posición, lineamientos o documentos maestros. La sección de Suscripción no incorpora el relevante papel de conocer los beneficios de los tratados por parte del ciudadano a través de la consulta pública, ni se permite conocer sus impactos previo a la suscripción como prevé la Ley General de Mejora Regulatoria, incluyendo el Análisis de Impacto Regulatorio. La propuesta de Lineamientos no incorpora un mecanismo de seguimiento por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores al corto, mediano y largo plazo para la plena y efectiva implementación de los tratados que se suscribe y ratifican, dejando a la deriva a las autoridades ejecutoras. La sección de Aprobación no incorpora el relevante papel de conocer los beneficios de los tratados por parte del ciudadano a través de la consulta pública, ni se permite conocer sus impactos previo a la Aprobación como prevé la Ley General de Mejora Regulatoria, incluyendo el Análisis de Impacto Regulatorio. El Sujeto obligado (SRE) no da a conocer porque utilizar la figura de la Suspensión de la Aplicación de un tratado frente a la Denuncia, así como sus diferencias técnicas y jurídicas. No expresa la práctica internacional de la cuestionada figura, genera una lectura fast track que podría transgredir derechos humanos al violentar el principio de progresividad y no regresión. La falta de descripción motivacional en la propuesta del Sujeto Obligado podría generar falta de seguridad jurídica, claridad y transparencia en la elaboración y aplicación de los propios Lineamientos, violentando el artículo 8, fracción IV de la Ley General de Mejora Regulatoria.

Fecha: 23/02/2021 20:07:00



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Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SRE-Secretaría de Relaciones Exteriores

Fecha Publicación:

19/02/2021 15:08:06

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11/0006/190221