La Comisión Reguladora de Energía (Comisión) mediante las atribuciones conferidas por la Ley de Hidrocarburos y el Reglamento de las actividades a que se refiere el Titulo Tercero de la Ley de Hidrocarburos elaboró el anteproyecto de Disposiciones Administrativas de Carácter General que especifican la metodología de tarifas de distribución por ducto de Gas Natural (Anteproyecto), el cual tiene por objetivo actualizar el esquema regulatorio vigente en materia de determinación de tarifas máximas para la actividad de distribución de gas natural por medio de ducto, a un esquema de “Control de Rentabilidad Máxima”.
Dicho esquema consiste en determinar una lista de tarifas máximas, asociada a un nivel de rentabilidad, el cual no podrá exceder el límite establecido por la Comisión. Es decir, las tarifas máximas que apruebe la Comisión deberán generar una rentabilidad menor a la establecida como máxima por la Comisión. Asimismo, este esquema considera incentivos para los permisionarios respecto a su rentabilidad y una reducción en la carga administrativa que enfrentan los actuales distribuidores por ducto de gas natural.
El esquema de “Control de Rentabilidad Máxima” está alineado a las mejores prácticas internacionales, y tiene por objetivo promover la inversión, al otorgar a los permisionarios incentivos y mayor flexibilidad para la planeación de sus inversiones. Dicho esquema protege los intereses de los usuarios, promueve la demanda y el uso racional de los bienes y servicios, así como reduce las barreras a la entrada y promueve la competencia en el sector.
La implementación del Anteproyecto generará un menor costo de cumplimiento, un menor costo respecto a la adquisición de combustible derivado de una sustitución en el consumo de gas LP por gas natural, y un menor costo por contaminación derivado de menores emisiones de CO2 a la atmósfera por la sustitución en el consumo de gas LP por gas natural.