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AVISO DE DEMARCACIÓN DE LA ZONA FEDERAL DEL RÍO CUTZAMALA, EN EL TRAMO DE LA LOCALIDAD DENOMINADA LA COMUNIDAD, COMPRENDIDO DEL KM 0+000 AL KM 0+560 UBICADO EN EL MUNICIPIO DE CUTZAMALA DE PINZÓN, EN EL ESTADO DE GUERRERO.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


De acuerdo con el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, una vez realizados los trabajos de delimitación de zona federal de una corriente o cuerpo de agua, se publicará el aviso de demarcación en el Diario Oficial de la Federación. Lo anterior, con el objeto de señalar físicamente los límites del cauce y zona federal, en este caso para un tramo del río Cutzamala, en el municipio de Cutzamala de Pinzón, estado de Guerrero. El tramo del cual se informará que será demarcado, corresponde a 560 m de dicha corriente.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


In accordance with article 4 of the Regulation of the National Water Law, once the technical analysis of the determination of the federal area of a stream or body of water have been carried out, the demarcation notice will be published in the Official Gazette of the Federation. The above, in order to physically indicate the limits of the channel and its federal area, in this case for a length of the Cutzamala River, in the municipality of Cutzamala de Pinzón, Guerrero state. The length that will be demarcated, corresponds to 560 m.

Dictámenes Emitidos



COFEME/18/3852


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Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEMARNAT-Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha Publicación:

04/10/2018 08:57:25

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04/0087/041018