De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8°, fracción XLI, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, organizar y realizar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, para reconocer a personas físicas y morales, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentales de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca y acuacultura sustentables.