La regulación propuesta tiene como objetivo modificar los artículos 8o., primer párrafo y fracción V, 26, 28, fracción V y 43, fracción II, y adicionar el párrafo segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto, recorriéndose el subsecuente, del artículo 12, así como el párrafo segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto de la fracción I, del artículo 32; y se deroga la fracción VI, del artículo 18, de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades de Expendio al Público de Gas Natural, Distribución y Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo y de Petrolíferos.