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Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-006-SCT4-2012 Especificaciones técnicas que deben de cumplir los Chalecos Salvavidas



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Esta Norma Oficial Mexicana, establece las especificaciones técnicas y métodos de prueba que deben cumplir los chalecos salvavidas de fabricación nacional y de importación, para uso en embarcaciones y artefactos navales mexicanos que se encuentren en aguas de jurisdicción nacional, así como en modalidades de turismo náutico y actividades de trabajo. La regulación establece una clasificación y uso de los chalecos salvavidas: Tipo I.- Con una flotabilidad de 275 Newton y destinado principalmente para su uso en alta mar en condiciones extremas. Por lo que su uso es apto para navegación de altura, cabotaje e interior, Tipo II.- Con una flotabilidad de 150 Newton y destinado para un uso general o para su uso con prendas para mal tiempo. Por lo que su uso es apto para navegación de altura, cabotaje e interior, Tipo III.- Con una flotabilidad de 100 Newton y destinado para aquellas personas que puedan quedar en espera de rescate relativamente próximo en aguas calmas, por lo que su uso sólo es apto para navegación interior, Tipo IV (Ayuda a la flotación).- Con una flotabilidad de 50 Newton y destinado para su uso por buenos nadadores o por personas que están cerca de la orilla o que cuentan con ayuda y con medios de rescate en las proximidades, por lo que su uso no es apto para ningún tipo de navegación y sólo es apto para realizar en términos de esta Norma las modalidades de turismo náutico y actividades de trabajo. Cuando éste sea elaborado y dirigido para su uso en deportes náuticos de alto riesgo deberá contar con una flotabilidad de 150 Newton. Contempla la secuencia de pruebas el cual será de acuerdo al anexo 1, según sea el caso y las pruebas que se debe realizar a los chalecos salvavidas en donde se define el procedimiento a seguir y el resultado que se debe de obtener.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


This Mexican Official Norm set the technical specifications and test methods which must be filled by life jackets of national fabrication and for exportation, to be used in Mexican flag vessels and naval appliances, which are located in national jurisdiction waters, as well as in the modalities of nautical tourism and work activities. The regulation establishes the classification and use of the life jackets. Type I: with a buoyancy of 275 Newton basically is designed for its use at high sea, in extreme conditions, so its use is fitted for high sea navigation, cabotage and inner waters. Type II: With a buoyancy of 150 Newton and designed for general use or be used with garments for bad weather, so is appropriate for high sea navigation, cabotage and inner waters. Type III: With a buoyancy of 100 Newton and designed for those people which must remain waiting rescue in areas relatively close in calm waters, so its use is fitted for inner waters. Type IV (Buoyancy aid) - With a buoyancy of 50 Newton and designed to be used by good swimmers or by people who are close to the shore or have some help and nearness rescue means, it’s not indicated for any type of navigation and it´s only appropriate to realize the modalities of nautical tourism and work activities, in terms of this Norm. When this life jacket had been manufactured and dedicated to use in high risks nautical sports, it should have a buoyancy of 150 Newton. It considers the sequence of tests which will be in accordance with Annex 1, depending on the case and with the tests which must be perform to life jackets, where it defines the procedure to follow and the result which must be obtain.

Dictámenes Emitidos



COFEME/15/3751
29/10/2015 11:16:07

Últimos comentarios recibidos:


Comentario emitido por: Nombre de usuario no publico


Buenas tardes: Este Proyecto de NOM-006-SCT4-2012 acaba de ser publicado el 28 de enero de 2016 con la clave NOM-006-SCT-2015. La consulta es: ¿Aun se pueden hacer comentarios a esta NOM antes de su entrada en vigor? Saludos y gracias.

Fecha: 25/02/2016 19:13:38



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Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SCT-Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Fecha Publicación:

21/10/2015 09:48:06

Comentarios:


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10/0002/130715