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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación propuesta emite la Convocatoria dirigida a toda aquella persona moral que se interese en obtener la acreditación y aprobación como como unidad de verificación (organismo de inspección) tipo “A” en términos de la norma mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014 “Evaluación de la conformidad-requisitos para el funcionamiento de diferentes tipos de unidades (organismos) que realizan la verificación (inspección) (cancela a la NMX-EC-17020-IMNC-2000)” o la que la sustituya. Con propósito de evaluar la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas: NOM-214/1-SCFI-2018, Instrumentos de medición - Alcoholímetros Evidenciales - Especificaciones y métodos de prueba y NOM-214/2-SCFI-2018, Instrumentos de medición -Alcoholímetros Referenciales - Especificaciones y métodos de prueba, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2018, y con ello generar la infraestructura necesaria para apoyar en la evaluación de la conformidad de dichas normas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La presente convocatoria explica de forma clara a las personas que estén interesadas en obtener la acreditación y aprobación como Unidades de Verificación para verificar las normas respecto de los instrumentos de medición denominados Alcoholímetros, estos dispositivos utilizan aire espirado para detectar y cuantificar la presencia de alcohol con la exactitud e incertidumbre necesaria para fines evidenciales y referenciales. En dicho documento se detalla el proceso de forma clara y precisa, con la finalidad de que los interesados puedan seguirlo sin complicaciones y así fomentar el desarrollo de la infraestructura necesaria para evaluar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-214/1-SCFI-2018, Instrumentos de medición - Alcoholímetros Evidenciales - Especificaciones y métodos de prueba y NOM-214/2-SCFI-2018, Instrumentos de medición -Alcoholímetros Referenciales - Especificaciones y métodos de prueba, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.) el 13 de julio del 2018, de conformidad con el artículo 68 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. Asimismo, se publicará en el D.O.F. como medio de difusión para que cualquier interesado dirija su solicitud a la Entidad Mexicana de Acreditación. Por lo que, al tener mayores opciones para demostrar el cumplimiento de las normas, los particulares no incurren en mayores costos para el cumplimiento de las regulaciones. Adicionalmente, los requisitos establecidos en dicha convocatoria no generan costos para los particulares, toda vez que es optativa, y está dirigida para aquellos que estén interesados en acreditarse como Unidad de Verificación para las Normas Oficiales Mexicanas NOM-214/1-SCFI-2018 y NOM-214/2-SCFI-2018, para lo cual ya deben contar con aquellos requisitos conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, por ello no representan costos adicionales en la presente convocatoria.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos