Logocofemer

Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/45607

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Dar a conocer a la población objetivo el Incentivo para Atender Problemas Específicos de Comercialización para compradores de trigo cristalino de los estados de Baja California y Sonora del ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017, registrado conforme al Aviso de AxC OI 2016/2017, así como las especificaciones, criterios, requisitos para su otorgamiento, con el fin de apoyar a los compradores que enfrentan contingencias en la comercialización a consecuencia del comportamiento desfavorable de las variables que impactan los precios de compraventa y/o los costos en la cadena de producción, así como el acopio, almacenaje-conservación, movilización y la distribución del producto, y que tienen un efecto negativo en la competitividad y/o en la rentabilidad e ingreso del comprador; destinando un presupuesto por la cantidad de hasta $125,000,000.00 (ciento veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.), para apoyar hasta 500,000.000 (quinientas mil) toneladas de trigo cristalino de los Estados de Baja California y Sonora del ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017, con un monto de apoyo de $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) por tonelada.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No se establecen o adicionan más requisitos que los previstos en las Reglas de Operación del Programa en virtud de que el incentivo que nos ocupa, va dirigido a personas físicas mayores de edad y personas morales legalmente constituidas conforme a la legislación mexicana, que hayan participado como compradores directamente o a través de terceros en contratos de compraventa de trigo cristalino de los estados de Baja California y Sonora del ciclo agrícola otoño-invierno 2016/2017, cuyo registro y destino sea distinto al de consumo nacional, registrados en AxC OI 2016/2017. Por lo tanto este Aviso cumple con las reglas de operación, y con su emisión se beneficiará a la población objetivo específica sin crear nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares, o no hace más estrictas las existentes, tampoco modifica o crea tramites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares, ni reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares o establece o modifica definiciones, o clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro termino de referencia que afecte derechos, obligaciones, prestaciones o trámites a los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos