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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación propuesta tiene como objetivo derogar la fracción III, incisos d), e) y f) de la fracción IV, fracción V, fracción VI y fracción VIII del artículo 18, y el artículo 63 de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el transporte terrestre por medio de Ductos de Petróleo, Petrolíferos y Petroquímicos (en adelante “DACG DUCTOS”) publicadas el 31 de marzo de 2017 en el Diario Oficial de la Federación (ANEXO II). En virtud de lo anterior, las modificaciones señaladas se derivan de una revisión efectuada por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (en adelante “ASEA o Agencia”) en la cual se detectó la necesidad de modificar las DACG DUCTOS con el objeto de brindar mayor especificidad y certidumbre técnica y jurídica para los Regulados del Sector Hidrocarburos, a efecto de garantizar mayor seguridad industrial y operativa , así como la protección al medio ambiente con base en las mejores prácticas internacionales (específicamente del código internacional de la American Society of Mechanical Engineer, ASME B31.4 -2016 Pipeline Transportation Systems for Liquids and Slurries. Revision of ASME B31.4-2012) y con ello asegurar la integridad mecánica de los ductos señalados en las DACG DUCTOS. En consecuencia, la regulación propuesta elimina requerimientos técnicos, lo cual permitirá que las operaciones, inspecciones y análisis de integridad mecánica del Sistema de Transporte por Ductos se realicen de manera eficiente y segura.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Las modificaciones propuestas no generan nuevos costos de cumplimiento para los Regulados, en el entendido de que se traducen en una serie de derogaciones que se estructuran en torno a dotar y brindar de mayor especificidad y claridad técnica y jurídica a los Regulados en cuanto a acciones regulatorias relacionadas con la operación e integridad física de los ductos. Asimismo, al derogar acciones relativas al diseño de las condiciones de operación del Sistema de Transporte por Ducto, se establecen las condiciones que permitan conducirse de acuerdo con las mejores prácticas internacionales en materia, a efecto de garantizar la operación de dicho Sistema, en favor de la seguridad operativa, seguridad industrial y protección al medio ambiente. En consecuencia, las derogaciones propuestas al ordenamiento vigente no generan nuevos costos debido a que su objetivo es otorgar al Regulado una mayor claridad técnica y jurídica eliminando requerimientos normativos y acciones regulatorias. En este tenor, para una explicación detallada sobre las razones por las cuales se considera que las modificaciones propuestas no generan nuevos costos de cumplimiento ni hacen más estrictas las obligaciones existentes ver “Anexo III. Justificación de acuerdo de Derogación DACG TXD 180718”.

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Apartado III.- Anexos