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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El objeto de la presente medida es modificar el Anexo 2.4.1. del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, en especifico lo relativo con las excepciones establecidas con el fin de permitir que las mercancías que se usen como insumos para la investigación científica y tecnológica estén exentas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, cuando la entrada al territorio nacional se lleve a cabo por personas que se encuentren en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Con la presente medida no se generarán costos nuevos a los particulares, ya que únicamente se incluye el supuesto por medio del cual las personas inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, puedan estar exentas al cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, por lo que resulta evidente el beneficio del que gozarán dichas personas.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos