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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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AIR DE IMPACTO MODERADO CON ANALISIS DE IMPACTO EN LA COMPETENCIA Y ANALISIS DE IMPACTO EN EL COMERCIO EXTERIOR

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

No

Si

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La propuesta persigue establecer la regulación en materia de control sanitario de la Cannabis y derivados de la misma, exclusivamente para fines médicos y científicos así como los requisitos sanitarios para su comercialización, exportación e importación de productos con amplios usos industriales, distintos a los medicamentos, que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% o menores de THC. Con la regulación propuesta se da cumplimiento a lo dispuesto por la disposición transitoria segunda del DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017.

Derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio de 2017 y para dar cumplimiento a la disposición transitoria segunda, es necesario emitir acciones regulatorias por lo que hace al control para el uso de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana y derivados de la misma, derivado de la ausencia de regulación en los siguientes rubros: • De los protocolos de investigación. • De la investigación para fines médicos y científicos. • Del proceso de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis. • Importación de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis o materia prima que intervenga en su elaboración. • De los requisitos para comercializar, importar y exportar productos distintos a medicamentos, que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1.00% o menos de THC. o De los productos industriales en general. o De los alimentos, suplementos alimenticios, bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas. o De los permisos de importación y exportación. • De la publicidad y promoción • Verificación, medidas de seguridad y sanciones.

Reglamento

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Ley General de Salud. La Ley General de Salud, contiene disposiciones para el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas, sin embargo resultan insuficientes ya que es necesario normar: o De los protocolos de investigación. o De la investigación para fines médicos y científicos. o Del proceso de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis. o Importación de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis o materia prima que intervenga en su elaboración. o De los requisitos para comercializar, importar y exportar productos distintos a medicamentos, que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1.00% o menos de THC. o De los productos industriales en general. o De los alimentos, suplementos alimenticios, bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas. o De los permisos de importación y exportación. o De la publicidad y promoción o Verificación, medidas de seguridad y sanciones.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

No se consideró esta opción ya que es necesario regular el uso medicinal de los derivados farmacológicos de la cannabis sativa, índica y americana o marihuana, entre los que se encuentra el tetrahidrocannabinol, sus isómeros y variantes estereoquímicas

Alternativas#2

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

. No se consideró esta opción toda vez que es necesario establecer requisitos y criterios específicos para: De la investigación para fines médicos y científicos. • De los protocolos de investigación. • Del proceso de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis. • Importación de medicamentos que contengan derivados farmacológicos de la cannabis o materia prima que intervenga en su elaboración. • De los requisitos para comercializar, importar y exportar productos distintos a medicamentos, que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1.00% o menos de THC. • De los productos industriales en general. • De los alimentos, suplementos alimenticios, bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas. • De los permisos de importación y exportación. • De la publicidad y promoción

Alternativas#3

Esquemas voluntarios

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#3

No se consideró esta opción, no obstante implica menos costos para el particular, es necesario que se establezcan disposiciones generales y específicas para la materia. d) Otro tipo de regulación. Se consideró que podría emitirse una Norma Oficial Mexicana o Lineamientos, sin embargo, al tratarse de permisos de importación y una serie de disposiciones de publicidad y promoción, la emisión de una Norma resultaría insuficiente por tratarse de una regulación técnica.

• Deriva del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal. • La naturaleza de la regulación propuesta consiste en disposiciones de orden público, interés social y aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, y consiste en un conjunto ordenado de reglas o preceptos dictados por la autoridad competente para la ejecución de una ley, para el funcionamiento de un servicio o de cualquier actividad.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Nombre del trámite#1

Se adiciona la Modalidad-E al TRÁMITE COFEPRIS-04-010.

Tipo#1

Obligación

Vigencia#1
Medio de presentación#1

Formato- Acuerdo de Trámites.

Requisitos#1

I. En caso de siembra, cultivo o cosecha: a. El origen de las semillas o de las plantas objeto de siembra, cultivo o cosecha; b. La ubicación, área y la cantidad de semillas o plantas que sembrará, cultivará o cosechará, y c. En su caso, rendimiento de la cosecha por medio de libros de control; II. El método de destrucción de los residuos o excedentes de las semillas, plantas o partes de la planta que no se utilizarán en el Protocolo de Investigación; III. El mecanismo mediante el que garantizará la trazabilidad de la Cannabis, desde su origen, hasta su disposición final, y IV. Registro ante el Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis.

Población a la que impacta#1

organismos o instituciones de los sectores público, social y privado.

Ficta#1

No

Plazo#1

indeterminado

Justificación#1

En los artículo 5 y 8 de la regulación propuesta se establece que la COFEPRIS deberá autorizar el Protocolo de Investigación de aquellas actividades como siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, suministro, empleo, uso, consumo y todo acto relacionado con la Cannabis que se desarrollen con fines de investigación médica y científica.

Accion#2

Modifica

Nombre del trámite#2

Se adiciona la Modalidad-F al TRÁMITE COFEPRIS-04-010

Tipo#2

Obligación

Vigencia#2

indeterinado

Medio de presentación#2

Formato- Acuerdo de Trámites.

Requisitos#2

I. El procedimiento para la obtención de la materia prima y sustancias derivadas de la Cannabis que se utilizarán en la ejecución del Protocolo de Investigación; II. Opinión favorable del Comité de Moléculas Nuevas; III. El método de destrucción de los residuos o excedentes de las sustancias que no se utilizarán en el Protocolo de Investigación; IV. El mecanismo mediante el que garantizará la trazabilidad de la materia prima y sustancias derivadas de la Cannabis, desde su origen, hasta su disposición final, y V. Registro ante el Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis.

Población a la que impacta#2

organismos o instituciones de los sectores público, social y privado.

Ficta#2

No

Plazo#2

indeterminado

Justificación#2

En los artículo 6 y 10 de la regulación propuesta se establece que la COFEPRIS deberá autorizar el Protocolo de Investigación de aquellas actividades como elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, suministro, empleo, uso, consumo y, en general, todo acto relacionado con ella, se realizan con fines de investigación médicos y científicos .

Accion#3

Crea

Nombre del trámite#3

INVENTARIO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE CANNABIS

Tipo#3

Consulta

Vigencia#3

indeterminada

Medio de presentación#3

Solicitud

Requisitos#3

Solicitar mediante escrito su inscripción

Población a la que impacta#3

organismos o instituciones de los sectores público, social y privado

Ficta#3

No

Plazo#3

indeterminado

Justificación#3

En los artículo 7 y 11 de la regulación propuesta se establece que la Secretaría solamente autorizará los Protocolos de Investigación a que se refieren los artículos 5 y 6 de la regulación propuesta a organismos o instituciones de los sectores público, social y privado, que se encuentren debidamente registrados en el Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis, a cargo de la COFEPRIS.

Obligaciones#1

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#1

Artículo 5

Justificación#1

La siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, suministro, empleo, uso, consumo y, en general, todo acto relacionado con la cannabis, se realizan con fines de investigación médica y científica, cuando dichas actividades se desarrollen conforme al Protocolo de Investigación

Obligaciones#2

Establecen requisitos

Artículos aplicables#2

Artículo 18

Justificación#2

Únicamente podrán prescribir los medicamentos que contengan derivados farmacológicos del cannabis, los médicos cirujanos, cirujanos dentistas o licenciados en medicina con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes.

Obligaciones#3

Establecen requisitos

Artículos aplicables#3

Artículo 20

Justificación#3

Los establecimientos que importen Medicamentos que Contengan Derivados Farmacológicos de la Cannabis o Materia Prima que Intervenga en su elaboración deberán contar con licencia sanitaria, así mismo para fines de comercialización deberán contar con el registro sanitario del Medicamento correspondiente, expedido por la COFEPRIS

Obligaciones#4

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#4

Articulo 22

Justificación#4

Solo se podrán importar Medicamentos que contengan Derivados Farmacológicos de la Cannabis cuya fecha de caducidad sea mayor a doce meses, contada a partir de la entrada de los mismos al país

Obligaciones#5

Establecen requisitos

Artículos aplicables#5

Artículos 24, 25 ,26, 27, 28

Justificación#5

Para la recepción de medicamentos en la aduana con derivados farmacológicos de la cannabis o materia prima que intervengan en su elaboración se debe seguir un procedimiento que permita garantizar su seguridad y cumplan con lo establecido en la presente reglamentación y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Obligaciones#6

Establecen prohibiciones

Artículos aplicables#6

Articulo 30

Justificación#6

Internación de medicamentos con derivados farmacológicos sin permiso correspondiente, se considerarán ilegales

Obligaciones#7

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#7

Articulo 31

Justificación#7

Conservación de documentación relativa a permisos de importación, por un periodo de 5 años

Obligaciones#8

Establecen requisitos

Artículos aplicables#8

Articulo 33

Justificación#8

Los establecimientos que se dediquen a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación de los productos o sustancias, deben cumplir con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables, a efecto de que se garantice la seguridad y calidad de los productos.

Obligaciones#9

Condicionan una concesión

Artículos aplicables#9

Articulo 34 y 35

Justificación#9

Para productos cosméticos, de aseo y repelentes de insectos, alimentos, suplementos alimenticios, bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas, se debe realizar una evaluación de riesgos previo a la autorización de importación y/o exportación y/o comercialización, lo anterior a efecto de garantizar la seguridad, calidad de los productos en comento.

Obligaciones#10

Establecen requisitos

Artículos aplicables#10

Articulo 40

Justificación#10

La publicidad de medicamentos con contenidos de derivados farmacológicos de la cannabis, será exclusiva de los profesionales médicos, ya que estos son los únicos facultados para preescribirlos.

Identifique la acción seleccionada de la lista de verificación de impacto competitivo#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Indique la Acción o mecanismo regulatorio que considera podría restringir o promover la competencia y el(os) artículo(s) de la propuesta regulatoria aplicables#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Artículos aplicables#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Describa cómo esta acción puede restringir (limitar) o promover la competencia o eficiencia del mercado#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Justifique la necesidad de inclusión de la acción#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

¿Se consideró alguna otra alternativa regulatoria respecto de la acción o mecanismo regulatorio que se analiza? Señale cuál fue ésta y justifique porqué es mejor la alternativa elegida#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Ver anexo estudio costo Beneficio

Medidas#1

Reglamentos técnicos

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

No

no aplica

No

no aplica

Medidas#1

Otras

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Ver anexo estudio costo Beneficio

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Describa y estime los costos#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Grupo o industria al que le beneficia la regulación#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Describa y estime los beneficios#1

Ver anexo estudio costo Beneficio

Ver anexo estudio costo Beneficio

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Ver anexo estudio costo Beneficio

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Ver anexo estudio costo Beneficio

Apartado VI. Consulta pública
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Consulta intra-gubernamental

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Sector Salud, Secretaria de Hacienda, PGR

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

que la regulación propuesta de cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General de Salud y del Código Penal Federal

que la Cannabis se autorice exclusivamente para fines médicos y científicos así como los requisitos sanitarios para su comercialización, exportación e importación de productos con amplios usos industriales

Apartado VII. Anexos