Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
Las modificaciones a los numerales V.1.5 y V.1.18 de las “Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de la Función Pública” (POBALINES), principalmente consistieron en lo siguiente:
V.I.5 “Cargo de los servidores públicos o el área responsable de realizar la investigación de mercado, de conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Ley”. Se especificó en qué casos la Subdirección de Mercadeo podrá solicitar el apoyo del área requirente de los bienes o servicios; asimismo, se adicionó un párrafo estableciendo los documentos que deben integrarse al expediente de contratación con relación a la Investigación de Mercado.
Numeral V.1.18 “Las áreas responsables de llevar a cabo los trámites necesarios para el pago de las facturas que presenten los proveedores”. Se puntualizó que el administrador del contrato o pedido, una vez recibido el servicio, remitirá el formato “Conformidad de Prestación del Servicio”, a la Dirección General de Programación y Presupuesto, previo al envío de la factura electrónica por parte del proveedor, para continuar con el procedimiento de pago respectivo.
En el caso de bienes, el administrador del pedido o contrato, una vez recibidos éstos a plena satisfacción del Departamento de Almacén remitirá el formato de “Entrada al Almacén” a la Dirección General de Programación y Presupuesto, previo al envío de la factura electrónica por parte del proveedor, para continuar con el procedimiento de pago respectivo.
Asimismo, se adicionó un párrafo en este numeral estableciendo que el proveedor deberá presentar su factura electrónica para cobro en la dirección electrónica que señale la Dirección General de Programación y Presupuesto, debidamente requisitada y cubriendo los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables.
Dichas modificaciones tuvieron como objeto, actualizar las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de la Función Pública, de acuerdo a la operación actual y a la normatividad vigente.
Apartado II.- Impacto de la regulación
4. Justifique las razones por las que considera que la regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que ésta genera:
*
Las modificaciones manifestadas no implican costos de cumplimiento para los particulares, toda vez que su observancia no genera ningún desembolso para la Secretaría de la Función Pública ni para los particulares; siendo de observancia para las Unidades Administrativas de esta Dependencia a la que les es aplicable dicho documento normativo.
5.1 Crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes:
No
5.2 Modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares:
No
5.3 Reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares:
No
5.4 Establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares:
No
Apartado III.- Anexos
Anexe las versiones electrónicas de los documentos consultados o elaborados para diseñar la regulación: