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MIR de alto impacto con análisis de riesgos

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

Si

Si

No

No aplica

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo de la regulación es establecer las acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil que se requieren para las personas con discapacidad en situación de emergencia o desastre. Con lo anterior se espera que una vez aplicada la regulación se proporcione mayor seguridad y protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo por fenómenos naturales y antropogénicos mediante un sistema incluyente que además permita salvaguardar la integridad física y la vida de las personas.

La problemática principal es que si bien es cierto en México existen distintas regulaciones para las personas con discapacidad, también lo es que no se tiene una regulación para mitigar la vulnerabilidad de este sector de la población ante situaciones de emergencia o desastre.

La regulación que se pretende es una Norma Oficial Mexicana. Actualmente existen regulaciones ya establecidas como la NOM-005-SSA3-2010, que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios; la NOM-015SSA3-2012, para la atención integral a personas con discapacidad; la NOM-016-SSA3-2012, que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada, sin embargo estas regulaciones no incluyen medidas de previsión, prevención y mitigación de riesgos para las pesonas con discapacidad en situación de emergencia o desastre.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Actualmente no existen disposiciones jurídicas vigentes directamente aplicables a la problemática materia del anteproyecto.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Se consideró que los propietarios, responsables o administradores de los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social en los cuales laboraran, estudiaran o atendieran de manera ocasional o permanente a personas con discapacidad y que debieran cumplir con lo establecido en las leyes, reglamentos y normatividad en materia de protección civil implementaran mecanismos para proporcionar mayor seguridad a las personas con discapacidad al momento de la ocurrencia de una emergencia o desastre, lo anterior con la finalidad de minimizar los costos para los sujetos obligados. Desgraciadamente el trato y manejo adecuado para las personas con discapacidad no sería igual en todos los inmuebles y establecimientos y no podríamos evaluar su cumplimiento ni obtener los beneficios esperados.

La regulación propuesta es la mejor opción debido a que por ser una Norma Oficial Mexicana tenemos la posibilidad de evaluar su cumplimiento y que este sea obligatorio, además los costos que implica para los sujetos obligados no son altos y mucho menos si los comparamos con el beneficio de salvaguardar la integridad física de las personas y la vida.

Internacionalmente existen en otros países guías o manuales enfocados principalmente a la accesibilidad de las personas con discapacidad, pero no atienden directamente acciones de prevención o condiciones de seguridad en materia de protección civil en situaciones de emergencia o desastre.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Tipos de riesgo que motivan la emisión de la regulación#1

Alto.

Salud Humana#1

El principal riesgo es que ante una situación de emergencia o desastre las personas con discapacidad se encuentran más vulnerables, pues en el momento de la ocurrencia de una contingencia provocada por agentes perturbadores, suelen permanecer en la zona afectada, por las dificultades que enfrentan derivadas de la falta de accesos adecuados para su movilización y por la deficiencia en los procedimientos para su evacuación.

Salud animal o vegetal#1

El objeto y alcance de esta Norma Oficial Mexicana esta dirigida a personas con discapacidad, contiene acciones de atención para las PCD en caso de emergencia o desastre, razón por la que dentro del desarrollo de la NOM no están consideradas acciones para la protección de la salud animal o vegetal.

Laboral#1

Laboralmente el riesgo es que al momento de la ocurrencia de una emergencia o desastre, las personas con discapacidad normalmente son dejadas en las zonas afectadas y no se cuenta en los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social con información en formatos accesibles para que las personas con discapacidad conozcan las rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de menor riesgo, tomando en cuanta los distintos tipos de discapacidad.

Medio ambiente#1

Al regular las acciones de prevención y atención para las personas con discapacidad que se consideran en esta norma oficial mexicana, las condiciones de riesgo al medio ambiente son nulas, en virtud de que las especificaciones de este instrumento normativo están encaminadas a la inclusión de las personas con discapacidad en medidas de atención en caso de emergencia o desastre.

Consumidores o Economía#1

El riesgo desde el punto de vista económico, a partir de la aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, va a influir en el aspecto laboral de las personas con discapacidad, ya que al ser un instrumento jurídico que busca la inclusión de estas personas en las tareas de prevención y atención ante la presencia de algún fenómenos perturbador natural o antropogénico, permitirá que las condiciones laborales de éstas sean seguras, lo cual fortalecerá las condiciones de contratación laboral de las mismas.

Seguridad#1

La regulación propuesta también permite brindar seguridad a las personas con discapacidad con diferentes opciones como la de dar la posibilidad de ubicar su lugar de trabajo o estudio planta baja o en el lugar más cercano a una ruta de evacuación o salida de emergencia y siendo incluidos en los procedimientos de emergencia que se establezcan en los inmuebles y establecimientos de los sectores público, privado y social así como en la coordinación de los simulacros que se lleven a cabo conforme al procedimiento de emergencia, que le permitirá a las personas con discapacidad y al personal de emergencia estar preparados para actuar al momento de una emergencia o desastre.

Tipo de riesgo#1

Otros riesgos o afectaciones potenciales (especifique)

Grupo, sector o población sujeta al riesgo#1

Las personas con discapacidad en México forman el sector vulnerable ante los riesgos que se pueden generar a causa de un agente perturbador.

Acción implementada#1

Que en los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social se incluya en su Programa Interno de Protección Civil es un procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad, el cual se establece en el mismo anteproyecto. Capacitación y sensibilización del personal de emergencia, respecto del trato digno y adecuado a las personas con discapacidad, considerando los distintos tipos de discapacidad. La elaboración de un censo de las personas con discapacidad que se encuentran al interior del inmueble y que laboren o estudien en el mismo. Que se proporcione información en formato accesible que permita que la persona con discapacidad que labore, estudie o visite el inmueble conozca las rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de menor riesgo. Ubicación de los lugares de trabajo o estudio de las personas con discapacidad en planta baja o en el lugar más cercano a una ruta de evacuación o salida de emergencia cuando las condiciones propias del inmueble lo permitan. Instalación de dispositivos de alarma de acuerdo a las características del inmueble y a los diferentes tipos de discapacidad. incluir a las personas con discapacidad en los procedimientos de emergencia y en la coordinación de los simulacros.

Indicador de impacto#1

Establecer mecanismos que garanticen el acceso de las personas con discapacidad a acciones, proyectos y programas, para que la atención de las personas con discapacidad sea prioritaria en situaciones de emergencia o desastre, fortaleciendo la cultura de protección civil incluyendo a las personas con discapacidad.

Situación esperada con la implementación de la regulación#1

Que las personas con discapacidad sean incluidas en los procedimientos de emergencia y que tanto las personas con discapacidad como el personal de servicio de emergencia estén preparados ante la ocurrencia de alguna emergencia o desastre para actuar de forma rápida y segura, lo cual permitirá salvaguardar la integridad de las personas con discapacidad y la vida.

Justificación de cómo se reduce, mitiga o atenúa el riesgo con la acción#1

Al contemplar a las personas con discapacidad en los procedimientos de emergencia, promover la capacitación y sensibilización al personal de servicio de emergencia y con la instalación de las señalizaciones adecuadas se tiene como resultado un procedimiento claro de actuación para con las personas con discapacidad, de modo que la atención y manejo digno sea adecuado tomando en cuanta los distintos tipos de discapacidad y las condiciones de los inmuebles y establecimientos, de modo que este sector de la población tengan oportunidad de salvaguardad su integridad física y sus vidas ante la ocurrencia de alguna emergencia o desastre.

Si

Para no sobre normar y porque las personas con discapacidad se encuentran más vulnerables al momento de una emergencia o desastre debido a las condiciones propias de los inmuebles y establecimientos considerando su falta de accesibilidad o rutas de evacuación adecuadas para los distintos tipos de discapacidad y por la falta de señalización adecuada, así como por el desconocimiento del personal de servicio de emergencia sobre el trato y manejo digno de las personas con discapacidad.

Medida aplicada para la administración del riesgo#1

No Aplica

Riesgo identificado (ordenados del mayor al menor)#1

Grupo, sector o población sujeta al riesgo#1

No

La integridad física y la vida de las personas con discapacidad.

No

Accion#1

No Aplica

Obligaciones#1
Vigencia#1
Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Tipo#1
Artículos aplicables#1

5.3. Establecer la Unidad Interna de Protección Civil la cual deberá realizar y mantener actualizado el censo de las personas con discapacidad que se encuentren al interior del inmueble y que laboren o estudien en el mismo. Para el caso de PCD visitantes en inmuebles, establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social de registro obligatorio, estará a cargo de personal designado en la entrada del inmueble, quien lo deberá informar a la Unidad Interna de Protección Civil. El censo debe recabar, como mínimo, la información siguiente: a) Nombre de la persona; b) El área donde labora o estudia; c) El tipo de discapacidad que presenta; d) En su caso horarios de trabajo o estudio; e) Teléfonos de familiares para dar aviso en caso de emergencia o desastre, y f) Para el caso de PCD en carácter de visitantes, por lo menos se debe considerar el nombre completo, el área que visita y número telefónico.

Justificación#1

El censo le permite al personal de servicio de emergencia tener ubicadas a las personas con discapacidad que se encuentran al interior de los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social para atenderlos de forma adecuada tomando en cuenta los distintos tipos de discapacidad al momento de una emergencia o desastre y estar en posibilidad de salvaguardar la integridad física de las personas con discapacidad y sus vidas, de igual forma el censo permite dar aviso a algún familiar en caso de emergencia.

Costo unitario#1

$10,000.00

Años #1

1 año

Indique el grupo o industria afectados#1

Todos los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social en los cuales laboren, estudien o atiendan de manera ocasional o permanente a personas con discapacidad y que deban cumplir con lo establecido en las leyes, reglamentos y normatividad en materia de protección civil.

Describa de manera general los costos que implica la regulación propuesta#1

Los costos van a depender del tipo de formato accesible que utilicen, en el numeral 5.4 de la presente regulación se establece que: "Para el caso de inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social de concurrencia masiva y libre acceso, deberá colocar en los accesos, así como en los lugares que determine la Unidad Interna de Protección Civil, información en formato accesible, que permita que la PCD que labore o estudie en el inmueble, así como a la PCD visitante conozca las rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de menor riesgo". Asimismo, la definición de formatos accesibles establece: "Formatos accesibles (alternativos): consiste en presentar la información en diferentes medios adicionales al escrito, para que pueda ser entendida por personas con cualquier tipo de discapacidad. Estos pueden incluir, braille, macrotipos, grabaciones de audio, interpretación en lengua de señas y formatos electrónicos, entre otros, que cumplan con estándares internacionales de accesibilidad". Para el caso de los sistemas establecidos en el numeral 5.6 los costos dependerán del sistema que implementen y puede ser desde un silbato de un costo aproximado de $50 cincuenta pesos, hasta un sistema de sonido local de un costo aproximado de $10,000 diez mil pesos y de un foco de un costo aproximado de $50 cincuenta pesos hasta una sirena con lámpara estroboscópica intermitente de un valor aproximado de $800 ochocientos pesos.

Agentes económicos#1

7

Costo Total(Valor Presente) $#1

10,000.00

Proporcione la estimación monetizada de los costos que implica la regulación#1

El costo unitario es el resultado de los costos que van desde un silbato hasta un sistema de sonido local y los costos desde un foco hasta una lámpara estroboscópica intermitente.

Costo Anual $#1

10,000.00

Beneficio unitario$#1

tasa de mortalidad

Años #1

1 año

Indique el grupo o industria beneficiados#1

Todos los inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social en los cuales laboren, estudien o atiendan de manera ocasional o permanente a personas con discapacidad y que deban cumplir con lo establecido en las leyes, reglamentos y normatividad en materia de protección civil.

Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

La regulación pretende salvaguardar la integridad física y la vida de las personas con discapacidad, tomando en consideración lo establecido en el artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo que a la letra dice: En caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo anterior será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal. y tomando en consideración el salario mínimo que es de $73.04, el valor unitario equivaldría a $365200

Agentes económicos#1

7

Costo Total(Valor Presente) $#1

tasa de mortalidad

Proporcione la estimación monetizada de los costos que implica la regulación#1

No es posible cuantificar el beneficio mediante una estimación monetizada, pero el beneficio es mayor si se sigue lo establecido por esta Norma Oficial Mexicana debido a que esto permitirá salvaguardar la integridad física de las personas con discapacidad y sus vidas.

Beneficio Anual $#1

tasa de mortalidad

Las medidas o acciones en materia de protección civil dirigidas a salvaguardar la integridad física y la vida de las personas con discapacidad representan un beneficio mucho mayor que el costo que pudieran generar ya que al momento de la ocurrencia de una contingencia provocada por agentes perturbadores, las personas con discapacidad suelen permanecer en la zona afectada, lo anterior como consecuencia de las dificultades que enfrentan derivadas de la falta de accesos adecuados para su movilización y por la deficiencia en los procedimientos para su evacuación.

La presente regulación contempla diversos dispositivos de alarma que se pueden instalar de acuerdo a las características del inmueble y a los diferentes tipos de discapacidad, que permitan alertar a la PCD que labore o estudie en el inmueble o PCD visitante que se encuentren dentro de las instalaciones, lo cual permite que esta Norma Oficial Mexicana no afecte de manera directa en los costos.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La regulación como Norma Oficial Mexicana es un ordenamiento obligatorio y su implementación no implica altos costos debido a que la capacitación al personal de servicios de emergencia viene incluida en los numerales de la Norma, de modo que el propietario, responsable o administrador de los inmuebles y establecimientos solo deberá promover la capacitación y sensibilización. En cuento a las señales de emergencia los costos tampoco son muy altos tomando en cuanta los beneficios que se pueden obtener hablando de salvar vidas y socialmente representa un gran avance debido a que sería la primer regulación de su tipo en México en que se contemplen las acciones de prevención y condiciones de seguridad de materia de protección civil en situaciones de emergencia o desastre para las personas con discapacidad.

Para las acciones de inspección, verificación, vigilancia, certificación, acreditación y sanciones que se aplicaran para garantizar el cumplimiento de la regulación la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil establecerá los procedimientos administrativos para el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana en los cuales determinará la acreditación de unidades de verificación para la certificación del ordenamiento jurídico.

Que en los Inmuebles y establecimientos mercantiles de los sectores público, privado y social se cuente con información precisa respecto de las acciones de prevención, condiciones de seguridad y formas de actuación al momento de una emergencia o desastre respecto de las personas con discapacidad.

Si

La Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil establecerá los procedimientos administrativos para el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana en los cuales determinará la acreditación de unidades de verificación para la certificación del ordenamiento jurídico y el numero de las mismas.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

El logro de los objetivos se va midiendo conforme a la emisión de certificados de cumplimiento para los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, privado y social, así como por indicadores establecidos en los planes anuales de trabajo de la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil. 

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Secretaría de Gobernación, Secretaría de Marina, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Secretaría de Turismo, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, Comisión Federal de Electricidad, Comisión Nacional de Seguridad, Instituto Mexicano del Seguro Social, Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Comisión Nacional de Emergencia, A.C. Caritas Emergencias, A.C. Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto Politécnico Nacional, Universidad Autónoma Metropolitana y Asesoría y Capacitación Profesional en Protección Civil S.C.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

El grupo interesado externó la opinión de que el presente ordenamiento representa un gran avance en cuanto a la regulación en el país, encaminado a establecer las acciones de prevención y condiciones de seguridad en materia de protección civil en condición de emergencia o desastre para salvar la vida de las personas con discapacidad.

1.- Sugiero se integre la definición de perro guía. 2.- En el apartado 4 “Definiciones” utiliza la voz 4.32 “Secretaría” para entender a la Secretaría de Gobernación, situación que es respetada en 4.26 “Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad.- Metodología establecida por la Secretaría para realizar la evaluación de la conformidad con la Norma Oficial”. En cambio, en 4.3 emplea “Autoridad: Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación”. La propuesta, en aras de una redacción uniforme, es 4.3 “Autoridad: Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil de la Secretaría”. 3.- Ordenarlas acorde al 4.7. 4.7.1 Discapacidad Física. 4.7.2 Discapacidad mental. 4.7.3 Discapacidad intelectual. 4.7.4 Discapacidad sensorial. 4.7.4.1 Discapacidad visual. 4.7.4.2 Discapacidad auditiva. 4.7.4.3 Discapacidad olfativa. 4.7.4.4 Discapacidad táctil. 4.- Se propone eliminar el numeral 4.11 Discapacidad mental. 5.- Sugiero cambiar la definición de macrotipos a: Es un sistema de comunicación escrita mediante caracteres ampliados. No solamente podrán ser impresos en tinta, también en vinyl, pintura, bajo o alto relieve, etc. 6.- agregar el nombre completo del Sistema Nacional de Protección Civil. 7.- numeral 5.1. Deberá incluirse en el Programa Interno de Protección Civil un procedimiento de emergencia respecto a personas con discapacidad de acuerdo al numeral 7; 8.- sugiero agregar en el inciso f) del numeral 5.3 el área que visita. 9.- Sugiero agregar: … sirena con lámpara estroboscópica. La sirena es una señal audible y la lámpara estroboscópica es una señal visual. 10.- Incluir en los numerales 6.1, 6.2, 6.3, 6.4 y 6.5 incluidos en el punto 6. Capacitación y sensibilización del personal de emergencia brigadistas y voluntarios, para el trato y manejo digno de las PCD, que la PCD sea llamada por su nombre, ya que esto brinda mayor identidad a la PCD en esos momentos, así como una mayor confianza y un mayor acercamiento de la PCD a quien en ese momento pretenda brindarle ayuda. En caso de no saber su nombre, preguntárselo. así como sugerencias de redacción.

Apartado VII. Anexos