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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Es un instrumento que se deriva de una obligación específica establecida en el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como una de las Estrategias Transversales el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, que tiene como objetivo 5 “Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, Estrategia 5.1 “Propiciar la transformación gubernamental mediante las tecnologías de información y comunicación”, entre sus líneas de acción prevé las relativas a "Desarrollar una oferta de trámites y servicios de calidad mediante un Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE)" y "Digitalizar los trámites y servicios del CNTSE e incorporarlos al portal www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional". Asimismo, la Ventanilla Única Nacional tiene por objeto constituirse como el único punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, teniendo entre sus objetivos, proporcionar información respecto de los trámites, de manera homologada, estandarizada e integrada, incluyendo los formatos de presentación. La regulación propuesta tiene como objetivo principal el mejorar la organización y funcionamiento de los servicios que ofrece la Secretaría de Educación Pública al brindarle a la ciudadanía mecanismos de consulta con información actualizada, homologada y con un lenguaje ciudadano que muestra de manera sencilla y amigable el proceso de los trámites. También se da a las personas interesadas en realizar algunos de los trámites propuestos en la presente regulación, la facilidad de acceso a la información que se encuentra concentrada en una única página de internet www.gob.mx, logrando así reducir los tiempos de búsqueda. A través de la presente regulación se muestran los formatos de los siguientes trámites: 1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). 2.- Solicitud de Alta de Usuarios de las Bibliotecas Públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (homoclave AFSEDF-03-055).

1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). La problemática en este trámite es en el caso de los extranjeros, debido a que su acta de nacimiento se encuentra en un idioma distinto al español, lo cual genera desconocimiento para el servidor público, por lo que será necesario solicitar la traducción a un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia, generando un costo al particular. 2.- Solicitud de Alta de Usuarios de las Bibliotecas Públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (homoclave AFSEDF-03-055). La problemática se deriva de que este es un trámite nuevo, del cual los interesados tenían desconocimiento de los requisitos que se deben de cumplir, generando costos para los particulares, desde conocer los requisitos, recopilarlos y entregarlos en el lugar correspondiente.

Acuerdo número ________ por el que se dan a conocer los formatos de los trámites que se realizan por medios electrónicos a cargo de la Secretaría de Educación Pública, por conducto de su Dirección General de Profesiones, así como por su órgano desconcentrado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). Quedará sin efectos el formato del trámite SEP-01-033 para su modalidad A, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2012 mediante “Acuerdo número 634 por el que se dan a conocer los requisitos y plazos de respuesta a que quedan sujetos diversos trámites y servicios que presta la Secretaría de Educación Pública, así como los formatos aplicables a los mismos”.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

En caso de que la regulación no se emitiera se estaría limitando a la población interesada en la realización de los trámites expuestos al aumentar su tiempo de búsqueda sin la garantía de que la información se encuentre actualizada y sea verídica; asimismo seguiría existiendo una diversidad de fuentes de información, que dificultaría la estandarización de los servicios de la Secretaría de Educación Pública. Asimismo, la Secretaría de Educación Pública estaría en incumplimiento de lo establecido en el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno. Finalmente, no existiría un canal gubernamental que les brindara a los usuarios la oportunidad de contar con la gama completa de los procesos para realizar el trámite de su interés. Alternativa: Publicar la regulación en medios no oficiales. Beneficios: Las personas interesadas contarían con información actualizada . Costo: Información que no cuenta con el respaldo institucional y brinda poca certeza al ciudadano. Alternativa: Brindar la información a los usuarios una vez que acudan directamente a las oficinas. Beneficio: Las personas interesadas contarían con información actualizada y certera sobre su oficialidad. Costo: La persona interesada tendría que acudir dos veces a la oficina señalada, ya que primero se solicitaría información y después se presentaría la documentación correspondiente. Alternativa: Continuar con la realización de los trámites que se utiliza actualmente. Beneficio: La población objetivo se encuentra familiarizada con el procedimiento y con los requisitos. Costo: Incumplimiento de lo establecido en las Estrategias Transversales del Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 Pérdida de presencia en la población al no brindar un servicio integral sobre los trámites conforme lo difundido en la estrategia de comunicación de gob.mx. Sin embargo, con la publicación del “Acuerdo número ________ por el que se dan a conocer los formatos de los trámites que se realizan por medios electrónicos a cargo de la Secretaría de Educación Pública, por conducto de su Dirección General de Profesiones, así como por su órgano desconcentrado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal”, se obtendrán los beneficios en listados a continuación, por lo que éstos resultan ser superiores a los costos que pueda generar la realización del trámite: • Implementación de mejoras a partir de la evaluación de las necesidades específicas de los usuarios. • Practicidad en la obtención de los Formatos.

Con la finalidad de dar cumplimiento a los compromisos establecidos por la Secretaría de Educación Pública dentro de la Ventanilla Única Nacional, la regulación propuesta es considerada como la mejor opción para atender a la población interesada en la realización de los trámites expuestos, debido a que, como resulta evidente la publicación del citado Acuerdo resulta ser la manera más accesible en cuanto a calidad y oportunidad para obtener información actualizada y verídica. De igual forma, se continuaría impulsando acciones de mejora continua para la estandarización de los servicios a cargo de la Secretaría, brindando a los usuarios un canal de información gubernamental que explica de manera transparente el proceso para realizar un trámite. Finalmente, las razones particulares para cada uno de los trámites mencionados son las siguientes: 1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). Este Formato permitirá a los usuarios obtener de manera rápida y sencilla, los requisitos necesarios para el inicio de su trámite, pero sobre todo tener conocimiento de que en caso de que la documentación venga en idioma distinto al español se debe contar con la traducción correspondiente, a fin de conformar un expediente con información y documentación fidedigna. 2.- Solicitud de Alta de Usuarios de las Bibliotecas Públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (homoclave AFSEDF-03-055). Esta regulación de formato permitirá centrar los servicios de la Bibliotecas Públicas de la AFSEDF en las necesidades informativas de los usuarios, además de tener un control y registro de usuarios reales de las mismas, sin generar un impacto mayor en la economía del usuario y de la AFSEDF.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

mensual

Medio de presentación#1

Formato

Requisitos#1

1. Original del acta de nacimiento debidamente legalizada por el Servicio Consular Mexicano o Apostillado en el país de origen. En caso de que no se encuentre en idioma español deberá presentar traducción por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia. 2. Copia fotostática del documento migratorio que comprueba su legal estancia en el país. 3. Original del certificado del bachillerato de estudios en México, o tratándose de estudios hechos en el extranjero presentar el oficio de revalidación otorgado por la SEP. 4. Original del certificado de estudios superiores, expedido por la Institución Educativa de la licenciatura o del grado académico, según sea el caso. 5. Original del acta de examen profesional o constancia de no exigibilidad del mismo, expedida por la Institución Educativa de la licenciatura o del grado académico según sea el caso.

Población a la que impacta#1

Público en General

Ficta#1

No aplica

Plazo#1

10 días hábiles

Justificación#1

1. Comprobar la identidad del solicitante. En ocasiones la documentación se presenta en un idioma distinto al español, por tanto, ante el desconocimiento del idioma de origen, es necesario que se acompañe de su traducción, para que el servidor público y el personal de apoyo se encuentre en condiciones óptimas de proporcionar el servicio a los interesados y saber clasificar la documentación que presentan. 2. Comprobar la estancia legal de la persona solicitante. 3. Validar el historial académico. 4. Validar la conclusión de los estudios superior. 5. Validar la conclusión de los estudios superior.

Nombre del trámite#1

Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico

Homoclave#1

SEP-01-033-A

Accion#2

Crea

Tipo#2

Beneficio

Vigencia#2

Dos años

Medio de presentación#2

Formato

Requisitos#2

1.- Llenar la papeleta de registro de usuario y fiador, presentando: 1.- • Dos fotografías recientes tamaño infantil, blanco/negro o a color. 2.- • Identificación vigente, oficial u escolar, en original. 3.- • Un comprobante de domicilio en original, el cual puede ser de luz, gas, teléfono, predial, agua. La credencial de elector también es aceptada. 4.- • Un número telefónico de localización, no celular. Puede ser de algún familiar. 5.- • Acompañarse de un fiador mayor de 18 años que actualmente esté trabajando. En caso de que el fiador no pueda presentarse al momento del registro, se le enviará la solicitud, misma que será devuelta con su firma y una identificación oficial para cotejar sus datos.

Población a la que impacta#2

Público en general

Ficta#2

No aplica

Plazo#2

Inmediato

Justificación#2

Centrar los servicios de las Bibliotecas Públicas en los usuarios, Homologar el trámite dentro de la AFSEDF y contar con un registro y control de usuarios de las Bibliotecas Públicas.

Nombre del trámite#2

Solicitud de Alta de Usuarios de las Bibliotecas Públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal

Homoclave#2

AFSEDF-03-055

Obligaciones#1

Establecen requisitos

Artículos aplicables#1

Las acciones regulatorias que generan la obligatoriedad del presente Acuerdo están plasmadas en: El Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, en su Objetivo 5. “Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, Estrategia 5.1 “Propiciar la transformación Gubernamental mediante las tecnologías de información y comunicación”, prevé como líneas de acción "Desarrollar una oferta de trámites y servicios de calidad mediante un Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE)" y "Digitalizar los trámites y servicios del CNTSE e incorporarlos al portal www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional". El Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, publicado el 3 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, mismo que tiene por objeto establecer la referida Ventanilla como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, siendo uno de los objetivos de dicha Ventanilla, proporcionar información respecto de los trámites, de manera homologada, estandarizada e integrada. El artículo 22 de la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas, en sus respectivas competencias, revisarán permanentemente las disposiciones, los trámites y procedimientos con objeto de simplificarlos. El artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que los actos administrativos de carácter general, tales como acuerdos y formatos que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Justificación#1

Los requisitos que solicitan cada uno de los trámites expuestos cuentan con las siguientes justificaciones: 1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). • Comprobar la identidad del solicitante. En ocasiones la documentación se presenta en un idioma distinto al español, por tanto, ante el desconocimiento del idioma de origen, es necesario que se acompañe de su traducción, para que el servidor público y el personal de apoyo se encuentre en condiciones óptimas de proporcionar el servicio a los interesados y saber clasificar la documentación que presentan. De igual forma, la Dirección General de Profesiones, no puede otorgar un registro en base a documentación que no sepa cuál sea su contenido y no venga apostillado por el país que lo emite, pues el Apostille, tiene como fin dotar de fe a documentos que hayan sido autorizados en el territorio de un Estado y que deban ser presentados en el territorio de otro Estado. En razón de lo anteriormente es importante que se cuente con un archivo documental fidedigno, para lo cual resulta necesario que la documentación que venga en idioma distinto al castellano, deberá forzosamente estar acompañado de su traducción y el apostille que corresponda. • Comprobar la estancia legal de la persona solicitante. • Validar el historial académico. • Validar la conclusión de los estudios superior. • Validar la conclusión de los estudios superior.

Obligaciones#2

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#2

Las acciones regulatorias que generan la obligatoriedad del presente Acuerdo están plasmadas en: El Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, en su Objetivo 5. “Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento”, Estrategia 5.1 “Propiciar la transformación Gubernamental mediante las tecnologías de información y comunicación”, prevé como líneas de acción "Desarrollar una oferta de trámites y servicios de calidad mediante un Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE)" y "Digitalizar los trámites y servicios del CNTSE e incorporarlos al portal www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional". El Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, publicado el 3 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, mismo que tiene por objeto establecer la referida Ventanilla como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado, siendo uno de los objetivos de dicha Ventanilla, proporcionar información respecto de los trámites, de manera homologada, estandarizada e integrada. El artículo 22 de la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas, en sus respectivas competencias, revisarán permanentemente las disposiciones, los trámites y procedimientos con objeto de simplificarlos. El artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo dispone que los actos administrativos de carácter general, tales como acuerdos y formatos que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Justificación#2

Se solicitan conforme lo establecido en la Guía para la Organización y Funcionamiento de la Biblioteca Pública adscrita de la Administración Federal Servicios Educativos en el Distrito Federal. • Una para la credencial y la otra para el registro que se quedara en el archivo de la biblioteca. • Comprobar la identidad del solicitante. • Comprobar la dirección que manifiesta tener el solicitante y contar con mayor seguridad pues éste al obtener su credencial podrá acceder al préstamo domiciliario del acervo y material de la biblioteca. • Tener contacto con el solicitante. • Solo es para el caso de que el solicitante sea menor de edad y la finalidad es que contar con una persona mayor de edad con personalidad jurídica que pueda responder en las obligaciones que el solicitante contrae. • Corroborar la identidad de fiador.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Publico en general.

Describa o estime los costos#1

1.- Solicitud de inscripción de Título Profesional o grado académico (homoclave SEP-01-033-A). Costo Trámite $817.17, conforme lo establecido en el Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal; Transporte $20 (incluye sólo el uso de metro y metrobús); Traducción por perito certificado: Por cada hoja tamaño carta $350.00, dando un Total $1187.17

Grupo o industria al que le impacta la regulación#2

Público en general.

Describa o estime los costos#2

2.- Solicitud de Alta de Usuarios de las Bibliotecas Públicas de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (homoclave AFSEDF-03-055). Costo Trámite es Gratuito; Transporte $20 (incluye sólo el uso de metro y metrobús); Fotografías $100 (8 fotografías a color tamaño infantil); dando un costo Total $120.00

La regulación impacta al público en general que se encuentra interesado en realizar alguno de los dos trámites propuestos; sin embargo, con su emisión se muestra que los beneficios son superiores a los costos que pudiera generar la realización de éstos, al tener una mejora en las acciones enlistadas a continuación: • Implementación de mejoras a partir de la evaluación de las necesidades específicas de los usuarios. • Practicidad en la obtención de los Formatos.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Público en general.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Las personas interesadas contarían con información actualizada, Evitar el doble desplazamiento, ya que primero se solicitaría información y después se presentaría la documentación correspondiente, La población objetivo se encuentra familiarizada con el procedimiento y con los requisitos, esto sin costo alguno. Por lo anterior, los beneficios son superiores a los costos que pueda generar la realización del trámite, debido a que la inversión económica para cubrir con las especificaciones en los requisitos es menor a la importancia del documento que se obtendrá al final del proceso del trámite, brindando en un caso el documento que acredita en México los estudios realizados en el extranjero y por el otro, la oportunidad de consultar cientos de ejemplares bibliográficos que de no haber existido el interés no se hubiera obtenido el beneficio tangible.

Los beneficios son superiores a los costos que pueda generar la realización del trámite, debido a que la inversión económica para cubrir con las especificaciones en los requisitos es menor a la importancia del documento que se obtendrá al final del proceso del trámite, brindando en un caso el documento que acredita en México los estudios realizados en el extranjero y por el otro, la oportunidad de consultar cientos de ejemplares bibliográficos que de no haber existido el interés no se hubiera obtenido el beneficio tangible.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La implementación de la presente regulación es técnica, económica y socialmente factible, porque los formatos se darán a conocer a través de diferentes medio electrónicos institucionales, como: gob.mx y normateca interna de la SEP.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Los logros de los objetivos de la regulación serán evaluados a partir de las siguientes acciones: • Aumento de las solicitudes atendidas.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Consulta intra-gubernamental

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Dirección General de Profesiones.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Está de acuerdo con el contenido, fundamentación y emisión de la presente regulación.

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#2

Consulta intra-gubernamental

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#2

Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#2

Está de acuerdo con el contenido, fundamentación y emisión de la presente regulación.

No aplica.

Apartado VII. Anexos